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Mediante Resolución del Rector de la Universidad de Córdoba, de 17 de junio de 2014 (BOJA núm. 122, de 26 de junio) se estableció la estructura y los Vicerrectorados de la Universidad de Córdoba así como el régimen de delegación de competencias.
En la referida Resolución se designó como suplente del Rector a la titular del Vicerrectorado de Investigación, nombrada por Resolución rectoral de 12 de junio de 2014 (BOJA núm. 119, de 23 de junio).
En la presente Resolución, debido al cambio producido en la titularidad del Vicerrectorado de Investigación y a tenor de los criterios de suplencia rectoral que se recogen en el artículo 59 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, se procede a suprimir la Suplencia del Rector del Vicerrectorado de Investigación y se asigna al titular del Vicerrectorado de Innovación, Transferencia y Campus de Excelencia, nombrado por Resolución rectoral de 12 de junio de 2014 (BOJA núm. 119, de 23 de junio).
Por ello, al amparo de las competencias que tengo conferidas de conformidad en el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con los artículos 51 y 52 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba,
DISPONGO
Primero. Modificar el punto 2 del artículo primero de la Resolución de 17 de junio de 2014, que pasará a tener la siguiente redacción:
2. Vicerrectorado de Investigación.
Comprende las siguientes funciones y Comisiones:
- Presidencia de las comisiones de investigación, de infraestructura científica, de cultura y divulgación científica y de aquellas otras que pudieran ser creadas por el Consejo de Gobierno en el ámbito de sus competencias.
- Comité de bioética.
- Institutos de investigación.
- Fundación para la investigación biomédica de Córdoba.
- Coordinación y fomento de la investigación.
- Programa Propio de Fomento de la Investigación.
- Seguimiento de actividades correspondientes a programas y planes de investigación.
- Servicio Central de Animales de Experimentación.
- Servicio Central de Apoyo a la Investigación.
- Servicio de Publicaciones.
- Relaciones con el INGEMA.
- Cátedra de recursos cinegéticos y piscícolas.
Segundo. Modificar el punto 3 del artículo primero de la Resolución de 17 de junio de 2014, que pasará a tener la siguiente redacción:
3. Vicerrectorado de Innovación, Transferencia y Campus de Excelencia.
Comprende las siguientes funciones y comisiones:
- Suplencia del Rector.
- Presidencia de la comisión asesora de innovación y transferencia y de aquellas otras que pudieran ser creadas por el Consejo de Gobierno en el ámbito de sus competencias.
- Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación.
- Programa Propio de Fomento de la Transferencia.
- Coordinación del campus de excelencia ceiA3.
- Relación con otros campus de excelencia.
- Empresas de Base Tecnológica.
- Innovación Tecnológica y Desarrollo.
- Vicepresidencia de la Corporación Empresarial UCO.
- Vicepresidencia de las empresas participadas (Hospital Clínico Veterinario, UCOdeporte y UCOidiomas).
- Banco de germoplasma mundial del olivo.
- Emprendimiento y orientación al empleo.
- Prácticas en empresa y sus convenios.
- Cátedra de Emprendimiento Santander.
- Cátedra Tecnalia.
Tercero. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su firma y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba, para general conocimiento.
Córdoba, 1 de octubre de 2015.- El Rector, José Carlos Gómez Villamandos.
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