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La Orden de 21 de junio de 2013 de la Consejería de Salud y Bienestar Social (hoy Consejería de Igualdad y Políticas Sociales), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de esta Consejería, establece en relación con las subvenciones a entidades privadas para programas de acción social que la competencia para resolver las solicitudes presentadas por entidades en el ámbito provincial o local corresponde, por delegación de la persona titular de la Consejería, a las personas titulares de las Delegaciones Territoriales.
Con fecha 14 de agosto de 2015 se ha publicado la Orden de la Consejería Igualdad y Políticas Sociales de 11 de agosto de 2015, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en ámbito de esta Consejería para el año 2015, al amparo de la cual ha presentado solicitud de subvención la entidad «Fundación Atenea Grupo GID», para el programa «Intervención integral con personas drogodependientes en situación o riesgo de exclusión social en el Polígono Sur». Este programa tiene como objetivo la atención socio-sanitaria a la población excluida o en riesgo de exclusión del Polígono Sur de Sevilla, zona especialmente deprimida y muy castigada por las drogodependencias. Es un programa muy específico dirigido fundamentalmente a personas consumidoras de drogas en activo y en programas de metadona de baja exigencia, pudiendo calificarse como de reducción de riesgo y daño. Dicha población, por sus características, suele ser en gran parte, por su naturaleza, transeúnte, viviendo en la calle, con enfermedades infecciosas o trastornos mentales, lo que hace que se desplace con frecuencia por toda la Comunidad Autónoma, sin establecer vínculos sociales. Esto, unido al impacto social y sanitario que provoca este colectivo en la comunidad, nos hace considerar que las actuaciones planteadas trascienden del ámbito de la competencia provincial, al tratarse de un programa con objetivos mucho más amplios que una intervención puntual en un determinado recurso.
En atención a la especialidad de este programa y debido a su interés social, resulta aconsejable proceder a la avocación de la competencia para resolver esta solicitud, que corresponde a la persona titular de la Delegación Territorial de esta Consejería en Sevilla, y posteriormente delegarla en la persona titular de la Secretaría General de Servicios Sociales.
En virtud de lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Delegación Territorial de esta Consejería en Sevilla por la Orden de 21 de junio de 2013, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en lo que se refiere a las solicitud presentada por la entidad «Fundación Atenea Grupo GID», para el programa «Intervención integral con personas drogodependientes en situación o riesgo de exclusión social en el Polígono Sur», presentada a la convocatoria de subvenciones efectuada por la Orden de 11 de agosto de 2015.
Segundo. Delegar la referida competencia para la resolución del correspondiente procedimiento en la persona titular de la Secretaría General de Servicios Sociales. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 16 de octubre de 2015
MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO | |
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales |