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NIG: 2906742C20140038697.
Procedimiento: Constitución del acogimiento 1764/2014. Negociado: ER.
Sobre: Propuesta Acogimiento Preadoptivo Menor: A.B. (Expte. protección menor núm. 352-2013-00005862-1).
De: Servicio de Protección de Menores.
Letrado: Sr./a. Letrado del Gabinete Jurídico Junta de Andalucía.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es como sigue:
«Aprobar la propuesta de Acogimiento Familiar Preadoptivo formulada por la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga de la Junta de Andalucía respecto al menor A.B. nacido en Málaga el 21.12.2013 (Expte. protección menor núm. 352-2013-0000862-1), a favor de las personas que figuran como acogedores en la información aportada, quienes deberán asumir las obligaciones legales de tal status con carácter de Acogimiento Familiar Preadoptivo. Se suspende el régimen de visitas de la menor con su familia biológica.
Notifíquese esta resolución a las partes y a los progenitores, o tutor, si fueren habidos. Cúmplase, en todo caso, lo dispuesto en el art. 1.826 de la L.E. Civil. Publíquese edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para la notificación a la madre biológica, dada su situación de paradero desconocido. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación, para ante la Audiencia Provincial de Málaga.»
Y como consecuencia del ignorado paradero de Fatima Bahrou, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Málaga, a veinte de enero de dos mil quince.- El Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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