Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 3 de marzo de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Santa Cruz de Marchena y Alhabia (Almería).

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Los Ayuntamientos de Santa Cruz de Marchena y Alhabia (Almería), mediante acuerdos plenarios adoptados, respectivamente, en sesiones de 28 de noviembre y 15 de diciembre de 2014, acordaron la disolución de la Agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

La Excma. Diputación Provincial de Almería, con fecha 27 de enero de 2015, informa favorablemente dicha iniciativa de disolución de la Agrupación.

Visto lo anterior, se ha instruido el preceptivo expediente, tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por ello, y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre y por el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Acordar la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Santa Cruz de Marchena y Alhabia (Almería).

Segundo. Clasificar los puestos de trabajo de Secretaría-Intervención resultantes de la Agrupación disuelta de la siguiente forma:

- Ayuntamiento de Santa Cruz de Marchena (Almería), Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

- Ayuntamiento de Alhabia (Almería), Secretaría de clase tercera para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de marzo de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.

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