Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de junio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, dimanante de autos núm. 845/2013. (PP. 3689/2014).

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NIG: 2906742C20130021339.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 845/2013. Negociado: 5T.

De: Consorcio de Compensación de Seguros.

Letrado: El Abogado del Estado.

Contra: Allianz Cía de Seguros y Reaseguros, S.A., José María Vega Cava y Rafael Montes Calahorro.

Procurador: Sr. Pedro Ballenilla Ros.

Letrado: Sr. Andrés López Jiménez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 845/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros contra Allianz Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A., José María Vega Cava y Rafael Montes Calahoro sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 54/14

En Málaga, a 22 de abril de 2014.

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su Partido, los presente autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado bajo el número 854/13, a instancia de la parte actora Consorcio de Compensación de Seguros, representada y asistida por el Abogado del Estado, contra la Entidad Aseguradora Allianz, representada por el procurador Sr. Ballenilla Ros y asistida del Letrado Sr. López Jiménez, contra don José María Vega Cava y contra don Rafael Montes Calahorro.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora, debo condenar y condeno a la parte demandada Entidad Aseguradora Allianz, don José María Vega Cava y don Rafael Montes Calahorro a que abonen solidariamente a la parte demandante Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 4.233,18 euros en concepto de principal, así como los intereses legales de dicha cantidad y, respecto a la entidad aseguradora, los intereses legales incrementados en un 25% desde el día 27.11.12. Igualmente, la condeno en costas.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se interpone recurso de apelación en el plazo de 20 días. Se advierte expresamente que al interponer el citado rescurso se tendrá que acreditar que se ha constituido el depósito por importe de 50 euros al que hace referencia la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, mediante la consignación de dicho importe en la cuenta, correspondiente a este procedimiento, de depósitos y consignaciones abierta en la entidad Banco Santander a nombre del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados José María Vega Cava y Rafael Montes Calahorro, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintisiete de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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