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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 754/2014. Negociado: 2i.
NIG: 4109144S20140008144.
De: Don Eduardo García Díez.
Contra: Asociación Andaluza Mayores de 35 Años y Contilsa Servicios Integrales, S.L.
EDICTO
Dona María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 754/2014, a instancia de la parte actora don Eduardo García Díez contra Asociación Andaluza Mayores de 35 Años y Contiesa Servicios Integrales, S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Decreto de fecha 23.7.14 del tenor literal siguiente:
DECRETO
Secretario Judicial: Doña María Amparo Atares Calavia.
En Sevilla a veintitrés de julio de dos mil catorce.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Don Eduardo García Díez presentó demanda de despido nulo o subsidiariamente improcedente y reclamación de cantidad trente a Asociación Andaluza Mayores de 35 Años y Contilsa Servicios Integrales, S.L.
Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 754/14 21.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS, procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO
- Admitir la demanda presentada.
- Se señala el próximo día 25 de mayo de 2015, a las 11,40 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas núm. Diez de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla.
- Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado sito en la 5.ª planta de este mismo edificio a las 11,10 horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el Secretario Judicial, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011, de RJS.
- El Secretario Judicial no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.
- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
Respecto a la prueba solicitada dese cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente.
Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 de la LEC.
- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/ Graduado Social.
- Se requiere a la actora a fin de que aporte original sellado y firmado del acta de conciliación, dentro de los Cuatro Días siguientes a su celebración.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El Secretario Judicial
Diligencia. En Sevilla, a dos de septiembre de dos mil catorce.
La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que la anterior resolución ha sido transcrita en la actual fecha, debido al volumen y la carga de trabajo existente en este Juzgado, encontrándose dicha demanda minutada y sin incoar desde el veintitrés de julio de dos mil catorce.
La Secretaria Judicial
Y para que sirva de notificación al demandado Asociación Andaluza Mayores de 35 Años y Contilsa Servicios Integrales, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinticuatro de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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