Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 14/05/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de octubre de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jerez de la Frontera, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1797/2012. (PP. 978/2015).

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NIG: 1102042C20120008606.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1797/2012. Negociado: I.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: María Isabel Gil Fernández y Luis García Vázquez.

Procuradora: Sra. Ana María Zubia Mendoza.

Letrado: Sr. Rodrigo Fournon Franco.

Contra: Kahuna Franchising, S.L., y Proinmodecor, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jerez de la Frontera.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1797/2012. Negociado: I.

SENTENCIA

Juez que la dicta: Jaime Moya Medina.

Lugar: Jerez de la Frontera.

Fecha: Catorce de octubre de dos mil trece.

Parte demandante: María Isabel Gil Fernández y Luis García Vázquez.

Abogado: Rodrigo Fournon Franco.

Procurador: Ana María Zubia Mendoza.

Parte demandada: Kahuna Franchising, S.L., y Proinmodecor, S.L.

FALLO

Estimar la demanda presentada por doña Isabel Gil Fernández y don Luis García Vázquez contra Proinmodecor, S.L., y en su consecuencia declaro resueltos los contratos de compraventa suscritos entre las partes, y condeno a la demandada al pago de la suma de 42.751,29 euros a favor de doña Isabel Gil Fernández, y la suma de 21.766,77 euros a favor de don Luis García Vázquez, todo ello con los intereses legales desde el día 8 de julio de 2009, condenando a la demandada a que abone condenando a la demanandada al pago de las costas procesales.

Desestimo la demanda presentada contra Kahuna Franchising, S.L., imponiendo las costas procesales a la parte actora.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída en el mismo día de su fecha, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Proinmodecor, S.L., se extiende la presente para que sirva de notificación.

Jerez de la Frontera, a dieciséis de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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