Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 29/07/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 23 de junio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Ayamonte, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1025/2014. (PP. 1710/2016).

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NIG: 2101042C20140003867.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1025/2014. Negociado: CP.

De: Don Álvaro Arana Ibarra y María Cristina Aguinaga Churruca.

Procuradora Sra.: Pilar Rodríguez Olid.

Letrado Sr.: Antonio Fernández Cantillana.

Contra: Marie Eve Carole Bouget y Frederic Pech.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1025/2014 seguido a instancia de Álvaro Arana Ibarra y María Cristina Aguinaga Churruca frente a Marie Eve Carole Bouget y Frederic Pech se ha dictado Sentencia de fecha 23.6.16, cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Rodríguez Olid y en consecuencia declaro la existencia de un contrato de compraventa suscrito entre las partes en Cartaya, en fecha 5.1.2014; igualmente declaro resuelto el precitado declarando la pérdida para la parte compradora de las cantidades abonadas hasta la fecha y condenando a los demandados al pago de 58.500 euros. Condeno a los demandados a entregar a los actores la vivienda «Urbana sita en el término municipal de Cartaya (Huelva) en la denominada ladera Norte del Estudio de Detalle de la Zona Residencial del Plan Parcial “Hacienda San Miguel” edificado sobre la parcela residencial del SAPU R-11, Marina del Rompido, 2.ª Fase, Puerta N-12» e inscrita en el Registro de la Propiedad de Huelva como finca número 21033, Tomo 2113, Libro 249, Folio 181 dejándola libre y expedita. Condeno a los demandados a pagar a los actores la cantidad de 50 euros por cada día de ocupación del inmueble desde el día 5.1.2014 hasta la entera y completa puesta a disposición del mismo. Lo anterior con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de 20 días desde la notificación de la presente.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, doña Capilla Hermosilla Donaire, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Ayamonte. E/

Y encontrándose los demandados, Marie Eve Carole Bouget y Frederic Pech, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Ayamonte, a veintitrés de junio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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