Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 174 de 09/09/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 4 de mayo de 2016, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante de procedimiento ordinario núm. 868/2012. (PP. 1674/2016).

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NIG: 1101242M20120000678.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 868/2012. Negociado: R.

De: Omega Bunker, S.R.L.

Procuradora: Sra. Leticia Fontadez Muñoz.

Contra: Northpool, L.L.P., Noveta, L.L.P., y Seaborne Trade L.T.D.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 868/2012 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, a instancia de Omega Bunker, S.R.L., contra Northpool, L.L.P., Noveta, L.L.P., y Seaborne Trade, L.T.D., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz, a 23 de julio de 2015.

Han sido vistos por mí, doña M.ª del Pilar Sebastián Benito, Juez de Adscripción Territorial de Andalucía, actuando en funciones de refuerzo del Juzgado núm. Uno de lo Mercantil de Cádiz, los autos de juicio ordinario 868/12, en los que son partes, como demandante «Omega Bunker, S.R.L.», representada por el/la Procurador/a Sr./a. Fontadez Muñoz, y asistido por el/la Letrado/a Sr./a. Arizon Gómez de la Bárcena, y, como demandadas, Seaborne Trade, L.T.D., Noveta, L.L.P.», y Northpool, L.L.P., en rebeldía, cuyo objeto es reclamación de cantidad (crédito marítimo).

FALLO

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el/la Procurador/a Sr./a. Fontadez Muñoz, en nombre y representación de «Omega Bunker, S.R.L.», contra Seaborne Trade. L.T.D., debo condenar y condeno a Seaborne Trade L.T.D., a pagar a , la cantidad de 221.200 dólares americanos, más el interés moratorio devengado conforme a la Ley 3/04, de 29 de diciembre, con expresa condena en costas de la parte demandada.

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el/la Procurador/a Sr./a. Fontadez Muñoz, en nombre y representación de «Omega Bunker, S.R.L.», contra Noveta, L.L.P. y Northpool, L.L.P., debo absolver y absuelvo a las demandadas respecto de todas las pretensiones ejercitadas contra ellas, con expresa condena en costas de la actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, en legal forma.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, dirigido a la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, que deberá interponerse en el plazo de 20 días a partir de la notificación de la presente, previa consignación, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, del depósito legalmente exigido para recurrir, por importe de 50 euros, sin el cual no se admitirá a trámite.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su incorporación a la causa, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Northpool, L.L.P., Noveta, L.L.P., y Seaborne Trade, L.T.D., extiendo y firmo la presente en Cádiz, a cuatro de mayo de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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