Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 13/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 13 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan las tarifas de transporte urbano colectivo del municipio de Chiclana de la Frontera (Cádiz). (PP. 2292/2016).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de transporte urbano colectivo del municipio de Chiclana de la Frontera que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas Autorizadas

Concepto Importe euros, IVA incluido

- Billete ordinario centro 1,20 euros

- Billete con tarjeta monedero centro 0,84 euros

- Billete con tarjeta monedero pensionista/estudiante 0,24 euros

- Billete ordinario costa 1,50 euros

- Billete con tarjeta monedero Costa 1,05 euros

- Billete con tarjeta monedero Costa pensionista/estudiante 0,30 euros

- Billetes de transbordos y promociones especiales 0,00 euros

- Billetes de transbordos asimétricos ordinarios 0,21 euros

- Billetes de transbordos asimétricos pensionista/estudiante 0,06 euros

- Billetes tarjeta Consorcio y transbordo centro 0,84 euros

- Billetes tarjeta Consorcio y transbordo costa 1,05 euros

- Billetes compensables Consorcio centro 1,20 euros

- Billetes compensables Consorcio costa 1,50 euros

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de la Secretaría General de Hacienda de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de septiembre de 2016.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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