Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 14/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 6 de octubre de 2016, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Jaén, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 2 de noviembre de 2006, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, Sección Urbanismo, referente al expediente administrativo de la Modificación Puntual de las NN.SS. ampliación Polígono Industrial de Santisteban del Puerto (Jaén).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Delegación Territorial hace pública la Resolución de 2 de noviembre de 2006, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, Sección Urbanismo, referente al expediente administrativo de la Modificación Puntual de las NN.SS. ampliación Polígono Industrial de Santisteban del Puerto, Jaén.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el presente expediente ha sido inscrito en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de Andalucía con el número 1590.

De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de 2 de noviembre de 2006, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, Sección Urbanismo, referente al expediente administrativo de la Modificación Puntual de las NN.SS. ampliación Polígono Industrial de Santisteban del Puerto (Jaén).

ANEXO I

Resolución de 2 de noviembre de 2006, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, Referente al expediente de planeamiento 10-187-04, por el que se Aprueba Definitivamente la Modificación Puntual de las NN.SS. (ampliación Polígono Industrial) de Santisteban del Puerto (Jaén).

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, legalmente constituida en sesión ordinaria de fecha 25 de noviembre de 2006, examinado el expediente administrativo relativo a la Modificación Puntual de las NN.SS. (ampliación Polígono Industrial), formulado de oficio por su Ayuntamiento, y elevado a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en virtud de lo dispuesto en el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con el art. 13.2.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

Primero. Que el Ayuntamiento Pleno de Santisteban del Puerto, con la mayoría absoluta legal, previo informe preceptivo del Sr. Secretario de la Corporación, aprobó inicialmente el presente expediente, sometiéndolo a información pública en el Boletín Oficial correspondiente, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia y tablón de anuncios del municipio.

Segundo. Que durante el plazo de información pública, sin haberse formulado alegaciones el Ayuntamiento Pleno, con la mayoría absoluta legal, aprobó provisionalmente el expediente en sesión de fecha 5.5.2005, por lo que una vez diligenciado por la Secretaría de la Corporación, se eleva a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo para su Resolución.

Tercero. Que en Santisteban del Puerto el planeamiento vigente son las NN.SS., con aprobación definitiva del 26.7.88, así como una modificación de las NN.SS. terrenos Polígono Industrial con fecha de aprobación definitiva 5.3.99 y el Plan Parcial –Polígono Industrial con fecha de aprobación definitiva 6.4.00.

Cuarto. Con la presente modificación se propone ampliar el Polígono Industrial municipal. Dicha actuación se localiza en terrenos rústicos, lindantes con el Polígono actual y la carretera intercomarcal A-312. Los objetivos de la presente modificación son:

- Ampliación del polígono industrial, para usos productivos variados. Se define un ámbito de 10,4 Ha a clasificar como Suelo Urbanizable Sectorizado.

- Ampliación de la reserva de terrenos para P.M.S. pasando a disponer un ámbito de 12 Ha sobre Suelo No Urbanizable.

- Incorporación al desarrollo urbanístico de la finca, con un ámbito de 0,24 Ha, que resulta encerrada entre las diversas actuaciones urbanísticas del amplio entorno industrial y clasificar el terreno corno Suelo Urbano No Consolidado y con el carácter de dotacional.

FUNDAMENTOS LEGALES

Primero. El presente expediente tiene por objeto la innovación del planeamiento general, mediante la modificación puntual, consistente en ampliar el Polígono industrial municipal, sobre terrenos rústicos, lindantes con el Polígono actual y la carretera intercomarcal A-312.

Segundo. La propuesta está justifcada conforme a los criterios que establece el artículo 36.2.a.1.º de la LOUA que regula el régimen de innovación de la ordenación establecida. La ampliación propuesta continúa la trama del sector industrial existente con unos parámetros coherentes con la ordenación actual, además la edificabilidad global es inferior a 1 m²/m y acorde con la asignada al sector industrial existente y se cumple también la cesión de dotaciones del artículo 17 de la LOUA.

El contenido documental es adecuado e idóneo para el total desarrollo de las determinaciones afectadas, integrando los documentos sustitutivos de los correspondientes del planeamiento general vigente, tal como establece el artículo 36.2.b de la LOUA.

Cuarto. La tramitación del expediente analizado así como la documentación que obra en el mismo cabe entenderla ajustada a las previsiones contenidas en la Ley 7/2002 así como en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se establece el Reglamento de Planeamiento Urbanístico, de aplicación supletoria en virtud de la Disposición Transitoria Novena de la citada Ley 7/2002.

Quinto. Corresponde la aprobación definitiva de la presente modificación al órgano competente de la Consejería en materia de Urbanismo, en concreto a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo por tratarse de una innovación de carácter estructural, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 7/2002, sin que deba necesitarse el dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía y posterior aprobación de la Consejera de Obras Públicas y Transportes conforme establece el art. 5.3.d) del Decreto 193/03.

Vistas la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás normativa de aplicación, en plazo para resolver y notificar, previas las deliberaciones y consideraciones expuestas, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por unanimidad de los miembros asistentes,

HA RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el expediente administrativo y proyecto técnico relativo a la Modificación Puntual de las NN.SS. (ampliación Polígono Industrial), incoado por el Ayuntamiento de Santisteban del Puerto, por cuanto sus determinaciones son acordes con la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, Reglamento de Planeamiento Urbanístico y vigente planeamiento municipal.

2.º El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su contenido, de conformidad con lo previsto en el art. 41 de la Ley 7/2002, previa inscripción y depósito de dos ejemplares del proyecto en el Registro de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes (arts. 38, 40 y 41 de la Ley 7/2002, en relación con el Decreto 2/2004, de 7 de enero).

3.º Notifíquese al Ayuntamiento y demás interesados.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer a partir del día siguiente de la notificación o su publicación recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 10 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Jaén, 2 de noviembre de 2006. El Vicepresidente Segundo de la Comisión, Manuel López Jiménez. El Secretario de la Comisión, Ignacio J. Ahumada Lara.

Este Instrumento de Planeamiento ha sido inscrito en el Registro de Instrumentos Urbanísticos de Andalucía, con el número 1590.

Jaén, 6 de octubre de 2016.- El Delegado, Juan Eugenio Ortega Rodríguez.

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