Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2016

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 22 de febrero de 2016, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, dimanante de autos núm. 323/2011.

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Procedimiento ordinario: 323/2011.

Apelante: Inversiones Inmobiliarias Briomar, S.L.

Apelado: Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía.

EDICTO

Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 323/2011, contiene sentencia dictada por el Tribunal Supremo, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«1.º Que debemos declarar y declaramos haber lugar al Recurso de Casación 3459/2014, interpuesto por la Entidad Inversiones Inmobiliarias Briomar, S.L., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con su sede de Málaga, en fecha 12 de mayo de 2014, en el recurso contencioso-administrativo 323/11.

2.º Que debemos anular, y anulamos y casamos, la citada sentencia.

3.º Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo 1138/2010, formulado por la Entidad Inversiones Inmobiliarias Briomar, S.L., contra la Orden de 25 de febrero de 2010, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, por la que aprobó definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Marbella, sobre determinados ámbitos del frente litoral, afectados por la suspensión decretada en el apartado segundo de la Orden de 25 de febrero de 2010.

4.º Que no hacemos expresa imposición de las costas causadas en la instancia y en casación.

5.º Publíquese el fallo de esta sentencia en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley Jurisdiccional 29/1998, de 13 de julio.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 72,2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se hace público para general conocimiento.

Málaga, 22 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Marín Palma.

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