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NIG: 4109133O20150002232.
Procedimiento: Ordinario núm. 576/2015. Negociado: RH.
De: Delegación del Gobierno en Andalucía.
Representante: Abogado del Estado.
Contra: Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor.
Representante: Ltdo. de la Diputación de Sevilla.
Acto recurrido: Acuerdo BOP núm. 37, de 14.2.15, Regularización trabajadores temporales.
EDICTO
Doña María Luisa Fernández Camacho, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Secretaria de la Sección Primera, de la Sala de lo Contencioso.
Hago saber: Que en la Sección Primera de esta Sala se tramita el recurso contencioso-administrativo núm. 576/2015 seguido a instancia de la Delegación del Gobierno en Andalucía, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 15 de diciembre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Fallamos: Que debemos estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Delegación del Gobierno en Andalucía, contra el acuerdo municipal publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 37, de 14 de febrero de 2015, por el que se aprueba el Presupuesto General, Bases de Ejecución, Plantilla de Personal para el ejercicio 2015, que anulamos respecto del incremento de gasto del Capítulo de Personal. Con imposición de costas a la Administración demandada hasta un importe máximo de 600 euros.
Notifíquese a las partes la presente resolución indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.»
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 17 de febrero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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