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Intentadas las notificaciones, sin haber podido practicarse, de los acuerdos de inicio de procedimiento de pérdida del derecho de la ayuda para la Renta Básica de Emancipación a los interesados que se relacionan, en los domicilios que constan en los expedientes y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente anuncio significándoles que en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del mismo, queda de manifiesto el expediente en la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Málaga, sita en Plaza San Juan de la Cruz nº 2, pudiendo conocer el contenido íntegro del acto de inicio de procedimiento de pérdida del derecho.
Una vez finalizado el plazo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 311, de 28 de diciembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero de 1999), se les concede un plazo de quince días hábiles para solicitar la vista del expediente, así como alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
Esta Delegación Territorial, de acuerdo con el artículo 42.4 de la Ley General de Subvenciones, dispone un plazo de doce meses para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en dicho artículo se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que se pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.
EXPEDIENTE | APELLIDOS | NOMBRE | DNI/NIE |
29-RBE-02-10661/10 | LEIVA MILLAN | MARIA | 74878811B |
Málaga, 8 de marzo de 2016.- El Delegado, Francisco Fernández España.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 59.9 de la Ley 30/1992, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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