Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 05/04/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de febrero de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de autos núm. 2051/2014. (PP. 512/2016).

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NIG: 2906742C20140044379.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 2051/2014. Negociado: IA.

De: Sabah Chelhl Benyamna.

Procuradora: Sra. María del Carmen López Gallardo

Contra: Fouad Zeryouhi.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 2051/2014 seguido a instancia de Sabah Chelhi Benyamna frente a Fouad ZeryouhI se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda de divorcio interpuesta por doña Sabah Chelhi Benyamna contra don Fouad Zeryouhi, y en consecuencia debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales, abonando cada parte sus propias costas.

Notifíquese la presente a las partes y a través de edictos que se publicará en el BOJA a la demandada rebelde, dada su situación de paradero desconocido.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la LEC).

Y encontrándose dicho demandado, Fouad Zeryouhi, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintidós de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación, a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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