Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 07/04/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de febrero de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 289/2013. (PP. 573/2016).

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NIG: 1102042C20130001207.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 289/2013. Negociado: AN.

De: Pastor Martínez Logitrans, S.L.

Procuradora: Sra. Gloria María Barrios Blanco.

Contra: Servicios Agrícolas de Conil, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 289/2013, seguido en eI Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cinco de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Cinco), a instancia de Pastor Martínez Logitrans, S.L., contra Servicios Agrícolas de Conil, S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cinco de Jerez.

Juicio Ordinario 289/2013.

SENTENCIA Núm. 142/2015

En Jerez de la Frontera, a veintidós de septiembre del 2015.

Vistos por la Sra. doña Teresa Herrero Rabadán, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de los de este Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrados con el número 289/13 de los asuntos civiles de este Juzgado; en el que han sido partes demandante Pastor Martínez Logitrans, S.L., representado por la Procuradora Sra. Barrios, y asistida del Letrado Sr. Romero Ferrer, demandada la mercantil Servicios Agrícolas de Conil, S.L., en rebeldía procesal, teniendo como objeto reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Barrios, en nombre y representación de Pastor Martínez Logitrans, S.L., contra Servicios Agrícolas de Conil, S.L., y en consecuencia debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la parte actora la cantidad de once mil novecientos setenta y cinco euros con cincuenta y cinco céntimos (11.975,55 euros), con sus correspondientes intereses legales desde la demanda, y con imposición a la parte demandada de costas causadas en la instancia.

Notifíquese la presente Resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, art. 458 LEC.

Así por esta mi Sentencia, –de la que se llevará testimonio a los autos de su razón– lo pronuncio, mando, y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Servicios Agrícolas de Conil, S.L., extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a veintidós de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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