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Doña Mercedes Rodríguez Vázquez, Letrada de la Administración de Justicia y de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 189/2013-K, seguido a instancia de Televisión Popular de Málaga, S.L., contra Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía sobre CCAA 29/07/08 que resuelve el concurso para el otorgamiento de concesiones para la explotación del servicio publico de TDT en Andalucía.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala –Sección Primera, núm. 2341– con fecha 15.9.2014, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos. Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo formulado por Televisión Popular de Málaga, S.L., contra el Acuerdo de 29 de julio de 2008, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se resuelve “el concurso para el otorgamiento de concesiones para la explotación del servicio público de Televisión Digital Terrestre de ámbito local en Andalucía para su gestión por particulares”, convocado por Acuerdo del mismo Consejo de Gobierno de 18 de abril de 2006. En concreto se anula la concesión con referencia TL05MA y TL10MA, de ámbito Málaga. Sin imposición de costas.*»
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 30 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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