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Próximo a quedar vacante el puesto de trabajo de Secretaría General, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, por dicha Entidad se han aprobado las bases de selección y se ha acordado asimismo su convocatoria con fecha 30 de marzo de 2016, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, aplicable en virtud da la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local
RESUELVE
Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Secretaría General, con las características que a continuación se indican, próximo a quedar vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.
a) Corporación: Excma. Diputación Provincial de Cádiz.
b) Denominación y clase del puesto: Secretaría General.
c) Nivel de complemento de destino: 30.
d) Complemento específico: 54.527,90 euros anuales.
f) Requisitos para su desempeño: Pertenecer a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior
- Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto de trabajo en caso de ser nombrado, el de ostentar la condición de funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior. También podrán concurrir los Secretarios de Primera no integrados, según lo establecido en la Disposición Transitoria Primera número 2.a) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre.
- No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 18.3.a), b) y c) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
- Los interesados presentarán sus solicitudes, dirigidas a la Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, en el Registro de la Entidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal (en su nueva redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio). Quienes opten por presentar la solicitud en un registro distinto al de la Diputación Provincial de Cádiz deberán comunicar por fax o telegrama la presentación en tiempo y forma de la solicitud y los documentos que aporten, los cuales deberán ser recibidos en dicho Ayuntamiento, como máximo, en los diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Los participantes acompañarán a la solicitud una Memoria académica y profesional con extensión máxima de 10 folios, con expresión concreta de los méritos que se estimen pertinentes. Estos méritos deberán acreditarse fehacientemente por la persona que resulte seleccionada
La Presidenta de la Corporación comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y procederá a dictar la correspondiente resolución de conformidad con el art. 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, en el plazo de un mes, dando traslado de la misma a la Dirección General de Administración Local, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local de la Junta de Andalucía y a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para la anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.
Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimientop, por parte de la persona candidata elegida, de los requisitos y especificaciones exigidas en la convocatoria y de la competencia para proceder a su nombramiento. En todo caso deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 23.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
La sede electrónica donde se encontrarán accesibles los datos administrativos relativos a la presente convocatoria será en la dirección http://www.dipucadiz.es.
Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Sevilla, 27 de abril de 2016.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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