Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 20/05/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 5 de abril de 2016, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de autotaxi del municicipio de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 748/2016).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

R E S U E L V O

Primero. Autorizar las tarifas urbanas de autotaxi aprobadas por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra que a continuación se relacionan, que mantienen en vigor para el año 2016 y hasta su modificación o revisión las tarifas autorizadas por esta Dirección General para 2015, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas, IVA INCLUIDO

Tarifa 1:

Carrera mínima 3,59 euros

Bajada de bandera 1,31 euros

Por km recorrido 0,90 euros

Por hora de espera 19,98 euros

Tarifa 2:

Carrera mínima 4,48 euros

Bajada de bandera 1,61 euros

Por km recorrido 1,13 euros

Por hora de espera 24,99 euros

La Tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios nocturnos realizados en días laborales de 21:00 a 07:00 h.

- Servicios realizados en sábados, domingos y festivos, las 24 horas.

- Servicios realizados durante la Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección.

- Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero las 24 horas.

- Suplemento de nocturnidad de 2,20 euros (se aplicará en vísperas de festivos y viernes, sábados, domingos y festivos, en horario desde las 22:00 a las 6:00 horas).

Tarifa 3:

Carrera mínima 5,60 euros

Bajada de bandera 2,01 euros

Por km recorrido 1,40 euros

Por hora de espera 31,24 euros

La Tarifa 3 es la suma de la Tarifa 2 más el 25%, y se aplicará los días de Feria Local desde las 21:00 horas a las 07:00 horas, mientras que en horario de 07:00 horas a 21:00 horas se aplicará la Tarifa 2.

Suplementos (no aplicables en servicios interurbanos):

Por cada maleta o bulto de más de 60,00 cm. 0,50 euros

Suplementos especiales sobre lo marcado en taxímetro:

- Polígonos industriales en la margen derecha dirección Sevilla 1,32 euros

- Centro Penitenciario Alcalá 1,58 euros

- Visitas y trabajadores Ciudad S. San Juan de Dios 1,58 euros

- Residentes Ciudad S. Juan de Dios 0,82 euros

Segundo. Esta Resolución surte efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente, por los profesionales del sector, a los usuarios del servicio hasta tanto no se publique en el citado boletín, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda de esta Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de abril de 2016.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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