Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 15/01/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 3 de enero de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 726/2017.

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Procedimiento: Modificación sustancial condiciones laborales 726/2017. Negociado: A2.

NIG: 2906744S20170009083.

De: Doña Araceli Martín Sepúlveda.

Abogado: Don José Luis Muñoz Cabrera.

Contra: Ayuntamiento de Málaga y Gesvan Sociedad Cooperativa Andaluza.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 726/2017 se ha acordado citar a Gesvan Sociedad Cooperativa Andaluza como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 6 de febrero de 2018, a las 10,00 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga), planta 3.ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora la referida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Gesvan Sociedad Cooperativa Andaluza.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a tres de enero de dos mil dieciocho.- El/La letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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