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El articulo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto de decreto afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.
El proyecto de decreto regula la atribución de competencias sancionadoras a distintos órganos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural, y establece un plazo máximo de 6 meses para la resolución y notificación de aquellos procedimientos sancionadores que no disponen de norma reguladora que lo determine, a contar desde la fecha del acuerdo de inicio. Por consiguiente, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar observaciones y aportaciones que estime de interés.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de decreto por el que se atribuyen competencias sancionadoras a determinados órganos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y se establece el plazo máximo de resolución y notificación durante el plazo quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato digital, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html y en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en la dirección electrónica http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/109384.html
b) En formato papel, en la sede de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071, Sevilla, de 9,00 a 14,00 horas.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:
a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: slr.sgt.capder@juntadeandalucia.es.
b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de mayo de 2018.- El Secretario General Técnico, Alberto Sánchez Martínez.
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