Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00136604.
De conformidad con el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 29 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa y habida cuenta de que no han sido posibles las notificaciones al desconocerse los paraderos de los padres del/ de la menor I.C.G., don Iván Carrasco Andrés y doña Sara Gómez Pérez, se publica este anuncio por el que se notifica acuerdo de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de fecha 14 de marzo de 2018, adoptado en el expediente de protección núm. (DPHU)352-2014-00005353-1, por el que se resuelve:
Constituir el acogimiento familiar permanente de I.C.G., núm. de expediente de protección (DPHU)352-2014-00005353-1 designado a tales efectos a la familiar identificada en documento aparte estableciendo las siguientes condiciones:
Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 23 de junio de 2015, respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre el/la menor I.C.G..
Constituir el acogimiento familiar, modalidad permanente, del menor con las personas seleccionadas, cuyos datos de identificación se exponen en documento anexo.
El régimen de relaciones personales del menor con su progenitora será el acordado mediante Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección el 11 de octubre de 2017.
Contra la presente resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Se le significa que los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente según el artículo 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil.
Huelva, 22 de mayo de 2018.- El Delegado, Rafael López Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será el determinante a los efectos de su notificación.»
Descargar PDF