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Intentada la notificación, por correo certificado con acuse de recibo, del laudo arbitral correspondiente al expediente con número 86/17, instado por Cisternas Tresur, S.L., contra Desanas, S.L., con domicilio en Las Rozas (Madrid), C/ Comunidad Castilla y León, núm. 110, y no habiendo sido posible, de acuerdo con lo establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a Desanas, S.L., que, con fecha 6 de marzo de 2018, se ha dictado el laudo correspondiente al expediente citado, estimando la reclamación interpuesta por Cisternas Tresur, S.L., contra Desanas, S.L.
Se comunica a Desanas, S.L., que está a su disposición el texto íntegro del laudo arbitral, así como el expediente completo, en la sede de la Junta Arbitral del Transporte de Sevilla, sita en Plaza de San Ándres, número 2, 41003, de Sevilla.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
Sevilla, 21 de mayo de 2018.- El Delegado, Jesús María Sánchez González.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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