Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 18/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de mayo de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga, dimanante de autos núm. 59/2018.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 59/2018. Negociado: 6.

(Dimana de Autos 1094/17).

NIG: 2906744420170014647.

De: Doña Fátima Barragán Ruiz.

Abogado: José Antonio Díaz Recio.

Contra: Turísticas Muñoz Pérez, S.L.

EDICTO

Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 59/2018 a instancia de la parte actora doña Fátima Barragán Ruiz contra Turísticas Muñoz Pérez, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resoluciones de fecha 30.5.2018 cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda despachar ejecución a instancias de Fátima Barragán Ruiz contra Turísticas Muñoz Pérez, S.L. en cuantía suficiente a cubrir la suma de 3.381,72 € en concepto de principal reclamado, más la de 676,34 € presupuestadas provisionalmente para intereses legales y costas, sin perjuicio de su ulterior y definitiva liquidación y tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición el plazo de tres días.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña Rocío Anguita Mandly, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga. Doy fe.

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el embargo de los bienes propiedad de la ejecutada.

A la vista de que el ejecutado fue declarado con anterioridad en situación de insolvencia provisional en el Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga mediante Decreto de fecha 25.1.2018 recaído en la Ejecución 158/17, sin que conste la existencia de nuevos bienes, dese audiencia, por plazo de diez días, a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, para que puedan señalar nuevos bienes o derechos del deudor susceptibles de embargo, conforme a lo prevenido en el artículo 276.3 de la LRJS, con la prevención de que en caso de no hacer manifestación o designación de bienes alguna en el indicado plazo se procederá al dictado de Decreto de insolvencia provisional de la parte demandada.

Así mismo por estar el demandada en paradero desconocido se acuerda librar edicto al BOJA a fin de quedar notificada esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así lo decreta la Letrada de la Administración de Justicia. Contra el presente decreto cabe de conformidad con el art. 551.3.5 recurso directo de revisión sin efecto suspensivo ante el Juez que ha dictado la orden directa de ejecución.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Turísticas Muñoz Pérez, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a treinta de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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