Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 20/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de mayo de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Algeciras, dimanante de autos núm. 1183/2016.

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NIG: 1100442C20160005473.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1183/2016. Negociado: MA.

Sobre: Reconocimiento de deuda.

De: Doña Laura Rodríguez Ramírez.

Procuradora: Sra. María Rosa Vizcaíno Gámez.

Contra: Don Milen Angelov Gospodinov.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1183/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Algeciras (Antiguo Mixto núm. Seis) a instancia de doña Laura Rodríguez Ramírez contra don Milen Angelov Gospodinov sobre reconocimiento de deuda, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Nº 175/2018

En Algeciras, a 30 de mayo de 2018.

Doña M.ª Luisa Cabrera Castilla, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de esta ciudad y su partido judicial, ha visto los autos de juicio verbal, registrados con el número 1183/16, promovidos por doña Laura Rodríguez Ramírez, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Rosa Vizcaíno Gámez, y asistida por el letrado don Francisco López Medina, contra don Milen Angelov Gospodinov, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña María Rosa Vizcaíno Gámez, en nombre y representación de doña Laura Rodríguez Ramírez contra don Milen Angelov Gospodinov debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 942,11 euros, más los intereses legales y las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que es firme y que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 455 de la LEC).

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Milen Angelov Gospodinov, extiendo y firmo la presente en Algeciras, a treinta de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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