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Por Resolución de la Secretaría General de la Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud se procedió a hacer pública la concesión de subvenciones para la financiación de la Investigación y la Innovación Biomédica y en Ciencias de las Salud en el marco de la Iniciativa Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Cádiz para la línea de proyectos de investigación, desarrollo e innovación biomédica y en ciencias de la salud en centros de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) que impliquen el fortalecimiento del capital humano en la provincia de Cádiz.
La financiación de las actuaciones previstas en la Convocatoria objeto de esta resolución, será con cargo íntegro a la transferencia de financiación que ha de producirse a favor de la Universidad de Cádiz, mediante Resolución de la Secretaría General de Investigación, Desarrollo en Innovación en Salud de la Consejería de Salud, de los créditos asignados al programa 41K de la referida Consejería y los correspondientes al Programa Operativo de Andalucía FEDER 2014-2020.
La formalización de los contratos de trabajo temporales está condicionada a la notificación de la resolución definitiva del órgano competente autorizando la transferencia de financiación para cada uno de los proyectos de investigación, si por cualquier causa los contratos a los que se refiere esta convocatoria no pudieran formalizarse, la presente convocatoria no tendrá efectividad, no pudiendo exigirse responsabilidad alguna a la Universidad de Cádiz por esta circunstancia.
1. Gestión de la convocatoria.
La convocatoria será efectuada por resolución del Rector de la Universidad de Cádiz, que será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz (BOUCA) y en la dirección web: http://ugi.uca.es/category/convocatorias.
2. Solicitudes.
Quienes deseen participar en esta Convocatoria deberán presentar su solicitud, dirigida al Vicerrector de Investigación, obligatoriamente de forma electrónica, mediante el procedimiento específico habilitado por la Sede electrónica de la Universidad de Cádiz, mediante Certificado digital y accesible desde la Oficina Virtual en la siguiente dirección: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=119.
La convocatoria especificará las plazas ofertadas, la titulación exigida para cada plaza, documentación a presentar por los solicitantes, medios de comunicación y publicación y demás datos necesarios para su tramitación y gestión.
El plazo de presentación de solicitudes será el fijado en la convocatoria.
3. Requisitos de participación.
3.1. Generales.
El cumplimiento de los requisitos para participar en el concurso deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de contratación del respectivo concurso.
- Nacionalidad. No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación propias del proyecto, quedará en suspenso mientras no obtengan el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, y disposiciones reglamentarias de aplicación.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al contrato dentro del periodo de los cuatro años anteriores al año de la convocatoria de los contratos (2015-2018). También podrán presentar su solicitud los titulados cuya fecha de fin de estudios esté en el periodo entre los ocho y cuatro años anteriores a la convocatoria (2010-2015) y que acrediten que en este periodo se ha dedicado a la atención y al cuidado de hijos menores de seis años o personas dependientes. Para acreditar esta condición será indispensable presentar el libro de familia, para el primero de los casos, o documento emitido por organismo oficial que acredite la dependencia del familiar, en el segundo.
- No haber sido contratado en la modalidad de contrato predoctoral, en la Universidad de Cádiz u otra entidad, con una duración igual o superior a cuatro años, salvo en los casos de personas con discapacidad que será de seis años.
- Los solicitantes deberán acreditar, en el plazo de presentación de solicitudes, estar preinscritos en un programa de doctorado de la UCA afín al perfil de la convocatoria para el curso 2018-19 o matriculados en el curso anterior.
- La fecha de finalización de los estudios (considerándose como aquella en la que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que constituyen el programa completo del título) que dieron acceso a los estudios de máster o al período docente o formativo del doctorado, deberán ser:
a) En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES debe ser posterior al 1 de enero de 2014.
b) En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2013.
c) En el caso de estudios de Grado del EEES de 180 créditos, deberá ser posterior al 1 de enero de 2013.
d) En el caso de estudios de Grado del EEES de 240 créditos, deberá ser posterior al 1 de enero de 2014.
e) La fecha de terminación de estudios podrá ser anterior a las señaladas anteriormente y con el límite de hasta 1 de enero de 2010 en los siguientes casos:
e.1) Los licenciados en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de solicitarla beca estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
e.2) Los que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años, entre el 1 de enero de 2010 y el 1 de enero de 2014.
f) Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el período de finalización de estudios señalado en los apartados a), b), c) y d) precedentes quedará ampliado en dos años, respectivamente.
- Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar reconocidos por el Gobierno español a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos, se considerará como reconocimiento del título la acreditación por parte del solicitante de haber sido admitido en los programas de doctorado de la UCA.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No obstante lo anterior, la contratación del candidato seleccionado queda supeditada a la admisión y efectiva matriculación del mismo en el programa de doctorado de la Universidad de Cádiz indicado por los responsables del proyecto de investigación.
3.2. Específicos.
Los recogidos en cada uno de los contratos ofertados y recogidos en el Anexo I de esta convocatoria.
4. Recursos.
La convocatoria fijará los recursos que se puedan interponer de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cádiz, 14 de junio de 2018.- El Rector, P.D. (Resolución UCA/R16REC/2015, de 20.4), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.
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