Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 29/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de marzo de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, dimanante de autos núm. 1098/2016. (PP. 1779/2018).

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NIG: 4109142C20160033975.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1098/2016. Negociado: 8D.

Sobre: Cumplimiento.

De: Estaciones de Servicios Premium, S.L.

Procurador: Sr. Fernando Martínez Nosti.

Contra: Simón Esparza, S.L.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1098/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, a instancia de Estaciones de Servicios Premium, S.L., contra Simón Esparza, S.L., sobre cumplimiento, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA núm. 230/2017

En Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil diecisiete.

La Ilma. Sra. Doña María Rosario Navarro Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 1098/2016 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Estaciones de Servicios Premium, S.L., con Procurador don Fernando Martínez Nosti, y de otra como demandada Simón Esparza, S.L., en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.»

«F A L L O

Estimada íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Fernando Martínez Nosti, actuando en nombre y representación de Estaciones de Servicios Premium, S.L., contra Simón Esparza, S.L., en rebeldía, condeno a la parte demandada al abono de la cantidad de cuarenta y cinco mil ochocientos dieciocho euros con cuarenta y ocho céntimos (45.818,48 €), más los intereses legales y costas.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer, en el plazo de veinte días, a contar a partir de su notificación, recurso de apelación, que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Déjese testimonio en autos y llévese el original al libro de sentencias.

Así lo acuerdo, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Simón Esparza, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a doce de marzo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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