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NIG: 4109142C20100039040.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1314/2010. Negociado: 2C.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Doña Pilar Cantalejo Prieto.
Procuradora: Sra. Ana María Asensio Vegas
Contra: Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L.
E D I C T O
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1314/2010, seguido a instancia de doña Pilar Cantalejo Prieto frente a Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L., se ha dictado sentencia, que copiada en sus antecedentes de hecho y fallo es como sigue:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 22.6.10, se presentó por el Procurador don Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla, en representación de doña Pilar Cantalejo Prieto demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad contra Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L., don Juan Aragón Muñiz y don Javier Villa Barbacid y tras la alegación fáctica y jurídica que estimó oportuna, terminó suplicando que se dictara sentencia por la que se condene solidariamente a las demandadas al pago de la cantidad de 29.608,31 €, más intereses legales y costas.
Segundo. Se admitió a trámite la demanda por Decreto de 14.9.10, con traslado a las demandadas para contestarla, lo cual verificaron don Juan Aragón Muñiz y don Javier Villa Barbacid, no así la entidad Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L., que fue declarada en rebeldía.
Los demandados comparecidos se opusieron a la reclamación deducida contra ellos, por las razones que en sus escritos constan, básicamente por no concurrir los requisitos necesarios para prosperar su obligación de resarcir daños.
Tercero. Con fecha de 4.6.12 tuvo lugar la audiencia previa al juicio con la asistencia de las partes, salvo la rebelde. Se ratificaron en sus posiciones, poniendo de manifiesto la subsistencia del litigio sin posibilidad de llegar a un acuerdo, fijando los hechos controvertidos y proponiendo los medios prueba que estimaron procedente, admitiéndose éstos según consta en autos.
Cuarto. El juicio se celebró el día 26.11.12 con la asistencia de las partes. Se practicó la prueba propuesta y admitida, con el resultado obrante en autos, con lo cual quedaron los autos conclusos para dictar sentencia.
A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes
F A L L O
Estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla, en representación de doña Pilar Cantalejo Prieto contra Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L., don Juan Aragón Muñiz y don Javier Villa Barbacid y condeno a la entidad Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L., a abonar a la actora la cantidad de 8.243,32 € y solidariamente a don Juan Aragón Muñiz y don Javier Villa Barbacid a abonarle la cantidad de 8.037,24 €.
Sin imposición de costas.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación a preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo
Y encontrándose dicha demandada, Sevillana de Cubiertas y Tejas, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a cinco de junio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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