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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, con fecha 17 de enero de 2018, esta Delegación Territorial
HA RESUELTO
«1. Tener por subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla en su sesión de fecha 11 de octubre de 2017 y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Territorial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en los artículos 33.2b de la LOUA.
2. Proceder al depósito e inscripción de la “Modificación de las NN.SS. de Planeamiento Adaptadas a la LOUA. ‘Reclasificación suelo junto polígono industrial Torrealcázar con destino a Sistema General Zonas Verdes’” del municipio de Aznalcázar, en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en la Unidad Registral de esta Delegación Territorial, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el artículo 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
3. Una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación de la presente resolución y del contenido de las normas urbanísticas aprobadas por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla en su sesión del día 11 de octubre de 2017 en el BOJA, de conformidad con el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y la Disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Asimismo, el contenido íntegro de las citadas normas urbanísticas estará disponible, tras su publicación en BOJA, en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía SITUA (www.juntadeandalucia.es/medioambiente).»
Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 19 de enero de 2018, y con el número de registro 7590, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Aznalcázar.
El contenido integro estará disponible en el Sistema de Información Territorial de Andalucía SITUA (www.juntadeandalucia.es/medioambiente).
ANEXO
Se pretende continuar la trama urbana, reclasificando los terrenos, que ocupan una superficie aproximada de 7.234,50 m2, como suelo urbano no consolidado destinado a zona verde, que en prolongación con el sistema de espacios libres del Polígono Industrial La Española, crearía una zona de transición entre la zona residencial y el suelo industrial de este municipio, mejorando la imagen urbana.
Por lo tanto, la modificación consiste en el cambio de clasificación de suelo de no urbanizable de carácter natural o rural a suelo urbano no consolidado incluido en una nueva unidad de ejecución SUNC-06 Sistema General Zona Verde.
Condiciones Urbanísticas Modificadas.
La modificación consiste en el cambio de clasificación de suelo de no urbanizable de carácter natural o rural a suelo urbano no consolidado incluido en una nueva unidad de ejecución SUNC-06 Sistema General Zona Verde.
Respecto al estándar mínimo establecido en las NN.SS. vigentes y del artículo 10 A) c) c.1) de la LOUA, de acuerdo con los datos de la Adaptación Parcial de las NN.SS. de planeamiento a la LOUA, con respecto a los sistemas generales de parques, jardines y espacios libres públicos, cuenta este municipio en su planeamiento general vigente con una superficie de 66.786,00 m2.
La población actual en el municipio según datos del Instituto de Estadística y Cartografía para el año 2015 es de 4469 habitantes, de lo que resulta un estándar de 14,94 m2/hab, cumpliendo sobradamente con la reserva establecida en la LOUA, según la cual se debe respetar un estándar mínimo entre 5 y 10 metros cuadrados por habitante o por cada 40 metros cuadrados de techo destinado a uso residencial.
SUPERFICIE DE LOS SISTEMAS GENERALES DE ESPACIOS LIBRES PLANEAMIENTO VIGENTE | |
Recinto ferial | |
14.250 m2Plaza del cabildo497 m2Plaza de la iglesia568 m2Plaza del Descubrimiento596 m2Parque del Cerro Alcázar2590 m2Parque de la Fuente13815 m2Sector 3 PE Feria34560 m2Total66876 m2Con la modificación, se crea un sistema general de espacios libres de 7.234,50 m2, por lo que el estándar por habitante asciende a 16,58 m2/hab.
SUPERFICIE DE LOS SISTEMAS GENERALES DE ESPACIOS LIBRES PLANEAMIENTO VIGENTE | |
Recinto ferial | |
14.250 m2Plaza del cabildo497 m2Plaza de la iglesia568 m2Plaza del Descubrimiento596 m2Parque del Cerro Alcázar2590 m2Parque de la Fuente13815 m2Sector 3 PE Feria34560 m2SG Zona verde junto al Polígono Torrealcázar7.234,50 m2Total74.110.50 m2Las determinaciones para la nueva unidad de ejecución son: SUNC-06. Sistema General Zona Verde. Objetivo: Creación de una zona verde que permita la conexión con el polígono, a través de su urbanización para el acondicionamiento de una zona ajardinada, arbolada y sendas peatonales con un tratamiento adecuado y que sirva de transición entre el suelo residencial y el industrial mejorando las condiciones ambientales y estéticas. Superficie total: 7.234,50 m2.
Límites: La carretera A-743, el polígono industrial Torrealcázar y el cementerio municipal.
Edificabilidad: -
Densidad: -
Uso: Zona verde.
Gestión:
- Sistema de actuación: Expropiación.
- Desarrollo: Proyecto urbanización, proyecto expropiación.
Las determinaciones de la Modificación propuesta suponen la modificación de los siguientes documentos del PGOU – Adaptación Parcial de Aznalcázar:
- Plano O.2. Clasificación y Categorías del Suelo No Urbanizable.
- Plano O.4. Clasificación y Categorías del Suelo Urbano y Urbanizable.
- Plano O.5. Actuaciones de Gestión.
- Plano O.6. Sistemas Generales.
- Plano O.7. Usos Globales en Suelo Urbano y Urbanizable.
- Apartado 4.3. Sistemas Generales y Locales, en relación al estándar de SSGG de espacios libres.
- Apartado 4.4. Usos, densidades y edificabilidades globales, incorporando el SUNC-06 de uso global SSGG.
- Artículo 2.4.1. Usos, edificabilidades y densidades globales del suelo urbano no consolidado, incorporando un nuevo apartado SUNC-06.
Sevilla, 17 de enero de 2018.- El Delegado, José Losada Fernández.
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