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BDNS (Identif.): 407732 – 407733 – 407734.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (en adelante PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales y desarrollen, como actividad económica principal, alguna de las incluidas en el punto siguiente, bien por tratarse de actividades económicas que durante 2017 reflejaron en la Comunidad Autónoma de Andalucía mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, «línea A)», o bien por desarrollar alguna de las actividades económicas del sector industrial de Andalucía, integrado por la industria manufacturera y los servicios avanzados vinculados a procesos y productos industriales que se especifican, «línea B)», en la cuantía total máxima de 5.580.000,00 euros, con cargo a las anualidades y posiciones presupuestarias que a continuación se detallan, del programa 3.1.C. Seguridad, Salud y Relaciones Laborales, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio:
a) Para subvenciones a PYME incluidas en la «línea A)» del punto siguiente, por desarrollar alguna de las actividades económicas que durante 2017 reflejaron en la Comunidad Autónoma de Andalucía mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.
POSICIÓN PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2018 | ANUALIDAD 2019 | TOTAL |
G/31C/77100 | 2.010.000,00 € | 670.000,00 € | 2.680.000,00 € |
G/31C/47300 | 180.000,00 € | 60.000,00 € | 240.000,00 € |
TOTAL A) | 2.920.000,00 € |
b) Para subvenciones a PYME incluidas en la «línea B)» del punto siguiente, por desarrollar alguna de las actividades económicas del sector industrial de Andalucía.
POSICIÓN PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2018 | ANUALIDAD 2019 | TOTAL |
G/31C/77100 | 1.830.000,00 € | 610.000,00 € | 2.440.000,00 € |
G/31C/47300 | 165.000,00 € | 55.000,00 € | 220.000,00 € |
TOTAL B) | 2.660.000,00 € |
La distribución del crédito entre los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad figura en la convocatoria.
Segundo. Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarias las PYME que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, desarrollen como principal, alguna de las actividades económicas que se encuadran en las secciones, divisiones o grupos que a continuación se especifican, según la clasificación del CNAE – 2009 establecida por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4.a).2º.b) del Cuadro Resumen de dichas bases reguladoras:
A) Actividades económicas que durante 2017 reflejaron en la Comunidad Autónoma de Andalucía mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales:
- Sección A: Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca.
- División 36: Captación, depuración y distribución de agua.
- División 37: Recogida y tratamiento de aguas residuales.
- Sección F: Construcción.
- División 45: Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
- División 46: Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
- División 49: Transporte terrestre y por tubería.
- División 50: Transporte marítimo y por vías navegables interiores.
- División 51: Transporte aéreo.
- División 53: Actividades postales y de correos.
- División 55: Servicios de alojamiento.
- División 81: Servicios a edificios y actividades de jardinería.
- División 82: Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
- División 87: Asistencia en establecimientos residenciales.
- División 88: Actividades de servicios sociales sin alojamiento.
- División 90: Actividades de creación, artísticas y espectáculos.
- División 91: Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
- División 93: Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento.
- División 94: Actividades asociativas.
- División 96: Otros servicios personales.
B) Actividades económicas del sector industrial de Andalucía, integrado por la industria manufacturera y los servicios avanzados vinculados a procesos y productos industriales, de acuerdo con la Estrategia Industrial de Andalucía 2020:
- Sección C: Industria Manufacturera.
- División 38: Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
- División 39: Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.
- División 52: Almacenamiento y actividades anexas al transporte.
- División 62: Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
- Grupo 71.2: Ensayos y análisis técnicos.
- División 72: Investigación y desarrollo.
- Grupo 74.1: Actividades de diseño especializado.
Tercero: Objeto.
El objeto de esta convocatoria de subvenciones, según se establece en las bases reguladoras, es ayudar a las microempresas, pequeñas y medianas empresas, para la realización de actividades y proyectos de mejora en materia prevención de riesgos laborales, que incluyan inversiones en equipos y maquinaria, así como los gastos de asistencia técnica prestada por entidades especializadas en prevención de riesgos laborales estrictamente necesarias para la realización de los mismos que, cumpliendo los requisitos establecidos en las citadas bases reguladoras, contribuyan con la reducción de la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 13 de junio de 2018, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 116, de 18 de junio 2018).
Quinto. Importe.
El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada proyecto o actividad los porcentajes máximos sobre el presupuesto aceptado, ni las cuantías máximas y mínimas establecidas a continuación según la modalidad de los proyectos o actividades:
MODALIDAD | CUANTÍA MÁXIMA | CUANTÍA MÍNIMA | PORCENTAJE |
M1 | 15.000,00 € | 1.500,00 € | 75% |
M2 | 12.000,00 € | 1.200,00 € | 75% |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de conformidad con el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el BOJA junto a la convocatoria.
Sevilla, 10 de julio de 2018.- El Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, P.D. (Orden de 13.6.2018, BOJA núm. 116, de 18.6.2018), el Director General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, Jesús González Márquez.
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