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NIG: 4103842C20130007344.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 656/2013. Negociado: C.
De: Jesús Chavero Cañero.
Procurador: Sr. Antonio Ostos Moreno.
Contra: Joao Luiz do Rosario.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 656/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Dos Hermanas a instancia de Jesús Chavero Cañero contra Joao Luiz do Rosario sobre divorcio contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«En Dos Hermanas, a 2 de julio de 2014.
SENTENCIA
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 8 de octubre de 2013 el Procurador Sr. Ostos Moreno en nombre y representación de don Jesús Chavero Cañero interpuso demanda de divorcio contra Don Joao Luiz do Rosario.
Segundo. Emplazado por edictos el demandado no compareció, declarándose su rebeldía.
Tercero. En el acto de la vista, que tuvo lugar con fecha 2 de julio de 2014 la parte actora se ratificó y el demandado no compareció. La actora propuso prueba documental, admitida, con lo que quedaron los autos vistos para sentencia.
Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ostos Moreno en nombre y representación de don Jesús Chavero Cañero contra don Joao Luiz do Rosario y en consecuencia declaro disuelto por divorcio el matrimonio de Jesús Chavero Cañero y Joao Luiz do Rosario con todos los efectos legales inherentes.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que pueden interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación, previo depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Una vez firme, líbrese testimonio para su inscripción en el Registro Civil correspondiente.
Así lo pronuncia, manda y firma doña Sofía Barrera Pardo, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno 1 de Dos Hermanas.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Joao Luiz do Rosario, extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas, a 11 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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