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De conformidad con el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y el Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación a la madre, doña Guayarmina Bernedo Duque, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, de fecha de 14 de diciembre de 2017, adoptada en el expediente núm. (DPHU)352-2016-00000846-1, procedimiento núm. (DPHU)353-2017-00001449-1 relativo a el/la menor I.R.D.B., por el que se acuerda:
1. Iniciar el procedimiento de desamparo con respecto a I.R.D.B.
2. Declarar la situación de desamparo provisional de I.R.D.B., y en base a tal declaración, ejercer la tutela de dicho menor de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil y la Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
3. Constituir el acogimiento familiar temporal del/de la menor que será ejercido por la persona seleccionada, doña I.R.B., abuela paterna de la menor.
4. Respecto al derecho de visita de familiares, la menor podrá recibir visitas de progenitores y familiares, de común acuerdo con su acogedora, según disponibilidad de las partes interesadas y en presencia de la acogedora.
5. Designar como instructor/a del procedimiento que se inicia a Funcionario Código núm. 257897.
6. Comunicar el presente acuerdo a las partes interesadas y a los órganos administrativos, de acuerdo con los arts. 22.2 y el 29.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero.
Con respecto a los padres o tutores del menor se les comunica que disponen, según el artículo 24.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a esta notificación, para aportar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.
Huelva, 10 de enero de 2018.- El Delegado, Rafael López Fernández.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.»
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