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NIG: 4109142M20160001693.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 673/2016. Negociado: 1N.
De: Makro Autoservicio Mayorista, S.A.
Procuradora: Sra. MarÍa Dolores Viñals Álvarez.
Contra: Fiber Ducts España, S.L. y Jaime Reyes Pinzón.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 673/2016 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla a instancia de Makro Autoservicio Mayorista, S.A. contra Fiber Ducts España, S.L. y Jaime Reyes Pinzón sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 576/2017
En Sevilla, a 2 de octubre de 2017.
Vistos por mí, Eduardo Gómez López, Magistrado-Juez de este Juzgado, los presentes autos seguidos bajo el número arriba indicado, se procede a dictar la presente resolución. Este procedimiento ha sido seguido entre las siguientes partes:
- Parte demandante: Makro Autoservicio Mayorista, S.A.
- Parte demandada: Fiber Ducts España, S.L. y Jaime Reyes Pinzón, en rebeldía.
Ejercita el demandante una acción de reclamación de cantidad.
FALLO
Estimo íntegramente la demanda formulada por Makro Autoservicio Mayorista, S.A. contra Fiber Ducts España, S.L. y Jaime Reyes Pinzón, y condeno a estos a pagar a solidariamente la actora la suma de 10.623,59 euros, más el interés legal y las costas de este juicio.
Así por esta sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, y firmo.
Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma no es firme, cabiendo contra ella recurso de apelación, en el plazo de 20 días.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Fiber Ducts España, S.L. y Jaime Reyes Pinzón, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiséis de octubre de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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