Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 24/07/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de junio de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, dimanante de autos núm. 1922/2016. (PP. 2022/2018).

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NIG: 4109142C20160061906.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1922/2016. Negociado: 2C.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Juan Larrea Sierra.

Procurador/a Sra.: María Purificación Berjano Arenado.

Contra Doña.: Adela Jiménez Roldán.

EDICTO

En el presente Procedimiento Ordinario 1922/2016 seguido a instancia de Juan Larrea Sierra frente a Adela Jiménez Roldán se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 12/2018

En Sevilla, a dieciséis de enero de dos mil dieciocho.

El Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 22 de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 1922/2016 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Juan Larrea Sierra con Procuradora doña María Purificación Berjano Arenado; y de otra como demandado doña Adela Jiménez Roldán, sobre reclamación de cantidad, y de acuerdo con los siguientes,

FALLO

Que estimando la demanda deducida por la Procuradora doña María Purificación Berjano Arenado, en nombre y representación de don Juan Larrea Sierra contra doña Adela Jiménez Roldán, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 170.924,73 euros, más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento.

Se condena a la demandada al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de veinte días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4120 0000 04 1922 16, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

AUTO

Don Jesús Medina Pérez.

En Sevilla, a uno de febrero de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Que procede aclarar el fundamento de derecho segundo y tercero y fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones y donde dice: 175.924,73 €, debe decir: 175.944,73 € y donde dice: 170.924,73 €, debe decir: 170.944,73 €.

Esta resolución forma parte de la Sentencia 12/2018, de fecha 16 de enero de 2018, contándose el plazo para recurrir la misma desde la notificación de este auto (artículo 448.2 LEC).

Así lo acuerdo, mando y firmo.

El Magistrado/Juez La Letrada de La Administración de Justicia.

Y encontrándose dicho demandado, Adela Jiménez Roldán, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a once de junio de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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