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BDNS (Identif): 409411.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional Subvenciones.
Primero. Se convoca para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, las siguientes lineas de subvenciones previstas en la Orden de 10 de julio de 2018, en la cuantía total máxima que se especifica, y con cargo los créditos presupuestarios que se indican.
Línea 1. Ayudas para el fomento de los procesos de integración de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
Línea 2. Ayudas para el fomento de los procesos de fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
La aplicación presupuestaria para ambas anualidades será: 1900010000 G/71E/77101/00 01 2007000242.
Cuantía máxima € Aplicación presupuestaria.
Anualidad 2018: 2.960.670,25 euros 1900010000 G/71E/77101/00 01 2007000242.
Anualidad 2019: 986.890,08 euros 1900010000 G/71E/77101/00 01 2007000242.
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de ambas lineas de ayudas:
- Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas.
- Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas de segundo grado.
- Sociedades agrarias de transformación, con sede social en Andalucía, integradas únicamente por titulares de algún derecho que lleve aparejado el uso o disfrute de explotaciones agrarias y por personas trabajadoras agrícolas.
- Entidades mercantiles siempre que más del setenta por ciento (70%) de su capital social pertenezca a algunas de las entidades citadas anteriormente. En el supuesto de que se trate de una sociedad anónima sus acciones deberán ser nominativas.
Tercero. Objeto.
Línea 1. El fomento e impulso de los procesos de integración de entidades asociativas agraroalimentarias, orientadas a la mejora de la dimensión productiva,de transformación o comercialización de las entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
Línea 2. El fomento e impulso de los procesos de fusión de entidades asociativas agraroalimentarias, orientadas a la mejora de la dimensión productiva, de transformación o comercialización de las entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 10 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
El importe máximo por persona beneficiaria en cada una de las lineas de ayuda son los siguientes:
Línea 1. Doscientos mil euros (200.000 €).
Línea 2: Doscientos mil euros (200.000 €).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el periodo comprendido entre el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el articulo 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 15 de septiembre de 2018.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA, junto con la convocatoria.
Sevilla, 20 de julio de 2018
RODRIGO SÁNCHEZ HARO | |
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural |