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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 432/2018. Negociado: A1.
NIG: 2906744420180005757.
De: Doña Ana Isabel López Guerrero.
Contra: Don Nicholas Alexander Cohen.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en fecha 27.6.18 en los autos número 432/2018 se ha acordado citar a Nicholas Alexander Cohen como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 11.12.18 a las 10:35 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga) planta 3.ª debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesion judicial.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a Nicholas Alexander Cohen.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Málaga, a cinco de julio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»
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