Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 03/08/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Orden de 31 de julio de 2018, por la que se realiza la distribución de créditos correspondiente a la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2018.

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Mediante Orden de 8 de mayo de 2018 (BOJA núm. 90, de 11 de mayo de 2018), se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

En el artículo primero de la referida orden de convocatoria se especifican las líneas concretas de subvenciones a las que resulta de aplicación, determinándose igualmente las partidas presupuestarias con cargo a las cuales se materializarán los gastos y pagos que se derivan de las mismas y se fija la cuantía total máxima para su cobertura.

Conforme dispone el artículo 5.2 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en aquellos casos en los que de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro resumen existiesen dos o mas ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que se indique en la convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa, debiendo esta declaración realizarse por parte de quien efectuó la convocatoria y en los mismos medios de publicidad que esta, circunstancia que concurre en la Línea 1 de subvenciones institucionales en materia de inversiones en centros de atención a las drogodependencias y adicciones, convocada mediante la Orden de 8 de mayo de 2018, anteriormente referida.

En su virtud, de conformidad con los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 209/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto,

DISPONGO

Primero. Establecer la siguiente distribución de créditos de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para la Línea 1. «Subvenciones institucionales en materia de inversiones en centros de atención a las drogodependencias y adicciones».

• La Línea 1. «Subvenciones institucionales en materia de inversiones en centros de atención a las drogodependencias y adicciones», se destinará una cuantía máxima de 310.000,00 € con la siguiente distribución funcional:

Subvenciones a entidades públicas, 215.000,00 €.

Subvenciones a entidades privadas, 95.000,00 €.

Segundo. La presente orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de julio de 2018

MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales
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