Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 07/08/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, dimanante de autos núm. 392/2015. (PP. 2085/2018).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 392/2015. Negociado: 3.

De: Pádel Hermanos Vázquez SC y Ana Vázquez Delgado.

Procurador Sr.: José Enrique Ramírez Hernández.

Contra: Inversiones Frontsagra, S.L., y José Francisco Gutiérrez Sánchez.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 392/2015 seguido a instancia de Pádel Hermanos Vázquez SC y Ana Vázquez Delgado frente a José Francisco Gutiérrez Sánchez e Inversiones Frontsagra, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 63/2017

En Sevilla, a 3 de marzo de 2017.

Vistos por mi, doña Ana María Roldán Ruiz, Magistrado-Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos bajo el número 392/15, a instancia de doña Ana Vázquez Delgado (subrogada en Pádel Hermanos Vázquez SC), representada por el Procurador Sr. Ramírez Hernández, y asistido por Letrado, frente a Inversiones Fontsagra, S.L. (en rebeldía procesal) y frente a don José Francisco Gutiérrez Sánchez Marcos, representado por el Procurador Sra. Pérez de Tudela Lope, y asistida por Letrado, sobre reclamación de cantidad y;

FALLO

Estimar la demanda formulada por doña Ana Vázquez Delgado (subrogada en Pádel Hermanos Vázquez SC), frente a Inversiones Fontsagra, S.L. (en rebeldía procesal) y frente a don Jose Francisco Gutiérrez Sánchez Marcos, condenando a ambos demandados, a que abonen, solidariamente, a la parte actora la suma de 145.367,16 euros; y a arquitecto codemandado, Sr. José Francisco Gutiérrez, a que abone a la actora en el importe de 2.909,86; en ambos casos, más los intereses recogidos en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución y costas, a las que también se condenan a los demandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.»

Y encontrándose el codemandado, Inversiones Frontsagra, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a cuatro de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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