Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 06/09/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Extracto de Resolución de 3 de septiembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas, reguladas en la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.

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BDNS (Identificación): 413613

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se propone publicar el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el BOJA:

Primero. Convocatoria.

1. Se efectúa la convocatoria de subvenciones públicas reguladas en la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

Cuantías máximas
Línea subvencionable
Aplicaciones Presupuestarias/
Códigos de Proyecto

Anualidad 2018
(en euros)

Anualidad 2019
(en euros)

Totales
(en euros)
Iniciativa de Empleo Local para jóvenes de entre 18 y 29 años de edad. 1539160000 G/32L/46207/00 76.321.312,42 25.440.437,48 101.761.749,90
Iniciativa de Empleo Local para personas de entre 30 y 44 años de edad. 1539160000 G/32L/46209/00 45.829.765,77 15.276.588,59 61.106.354,36
Iniciativa de Empleo Local para personas de 45 o más años de edad. 1539160000 G/32L/46210/00 35.856.245,95 11.952.081,98 47.808.327,93
Contratación de personal técnico de inserción 1539160000 G/32L/46201/00 7.091.000,64 2.363.666,88 9.454.667,52
Totales (en euros) 165.098.324,78 55.032.774,93 220.131.099,71

2. La presente convocatoria estará abierta 20 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria. En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo, se agotase el crédito establecido en el apartado siguiente, se publicará en el BOJA una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Los ayuntamientos andaluces. En todo caso, las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º del correspondiente cuadro resumen con las excepciones señaladas en el punto 4.d) de ese apartado.

Tercero. Objeto.

Las Iniciativas de Cooperación Local tienen por objeto promover la creación de empleo en el territorio de los municipios andaluces, fomentando la inserción laboral de personas desempleadas por parte de los ayuntamientos, a través de la realización de proyectos que permitan mejorar su empleabilidad con la adquisición de experiencia laboral vinculada a una ocupación. Los proyectos que desarrollen los ayuntamientos tendrán una duración máxima de doce meses.

Las personas destinatarias contarán con acciones de orientación y tutorización, con el fin de promover su activación e inserción laboral, a través del asesoramiento especializado y personalizado por parte de profesionales de orientación y de personal técnico de inserción. La medida comprenderá:

1. La contratación de personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas utilizando la modalidad de contrato por obra y servicio determinado por un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 12 a jornada completa que reúnan alguno de estos requisitos:

a) Tener una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive, y estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Tener entre 30 y 44 años ambos inclusive.

c) Tener 45 o más años y ser desempleados de larga duración.

Los requisitos anteriores deberán cumplirse el día en el que se realice la búsqueda de candidaturas por parte de las Oficinas de Empleo correspondientes.

2. La contratación del personal técnico de inserción. Este personal deberá contratarse 10 días antes de la primera contratación de personas incluida en el apartado anterior y deberá mantenerse hasta 20 días después de la finalización del último contrato del proyecto.

La contratación de personal técnico de inserción, deberá realizarse a jornada completa, por aquellos ayuntamientos beneficiarios de una Iniciativa de Cooperación Local que tengan previsto formalizar un mínimo de 10 contrataciones de personas pertenecientes a los colectivos de 30 o más años de edad y 45 o más años de edad, especificados en las letras b) y c) del apartado 2.a).1 del cuadro resumen.

El personal técnico de inserción asistirá a un máximo de 40 personas de esos dos colectivos especificados en las letras b) y c) del apartado 2.a)1. del cuadro resumen. Los ayuntamientos deberán formalizar tantas contrataciones de este personal, como resulten necesarias para garantizar la cuota especificada. En estos supuestos, las contrataciones deberán realizarse con personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas.

Aquellos ayuntamientos que no alcancen el mínimo de contrataciones señaladas en el párrafo anterior, podrán proceder a contratar personal técnico de inserción, según los criterios establecidos en el apartado 2.a).2.b) del cuadro resumen de la Orden de 20 de julio de 2018.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía (BOJA núm. 143, 25 de julio de 2018).

Quinto. Cuantía.

1. Las subvenciones para la contratación realizada por los ayuntamientos de los colectivos señalados en el apartado 2.a).1. del cuadro resumen de la Orden de 20 de julio de 2018, consistirán en un incentivo derivado de la contratación utilizando la modalidad de contrato por obra y servicio determinado por un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 12 a jornada completa, que se determinará atendiendo a la duración del contrato y al grupo de cotización a la Seguridad Social, de acuerdo con las cantidades reflejadas en el siguiente cuadro:

Grupo cotización 6 meses Cuantía mensual adicional a partir del sexto mes
Grupo 1 10.200 euros 1.700 euros
Grupo 2 9.600 euros 1.600 euros
Grupo 3 9.000 euros 1.500 euros
Grupo 4 al 10 7.800 euros 1.300 euros

Las subvenciones para la contratación realizada por los ayuntamientos del personal técnico de inserción señalado en el apartado 2.a).2 del cuadro resumen de la Orden de 20 de julio de 2018, consistirán en un incentivo que se determinará atendiendo a la duración del contrato y al grupo de cotización a la Seguridad Social, de acuerdo con las cantidades reflejadas en el siguiente cuadro:

Grupo cotización 7 meses Cuantía mensual adicional a partir del séptimo mes
Grupo 1 11.900 euros 1.700 euros
Grupo 2 11.200 euros 1.600 euros

Las cantidades anteriores se reducirán a la mitad, para los supuestos de contrataciones del personal técnico de inserción a media jornada, o en su caso, dedicación de personal propio y en un octavo, para los supuestos de 12,5% de dedicación de la jornada laboral en cómputo mensual (20 horas) a las funciones asignadas al personal técnico de inserción.

2. Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria serán por una cuantía total máxima de doscientos veinte millones, ciento treinta y un mil noventa y nueve euros con setenta y un céntimos. (220.131.099,71 euros).

Porcentaje máximo de la subvención: 100%.

Líneas de ayuda TOTAL
Iniciativa de Empleo Local para jóvenes de entre 18 y 29 años de edad. 101.761.749,90
Iniciativa de Empleo Local para personas de entre 30 y 44 años de edad. 61.106.354,36
Iniciativa de Empleo Local para personas de 45 o más años de edad. 47.808.327,93
Contratación de personal técnico de inserción 9.454.667,52
Total 220.131.099,71

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será:

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto a partir del día siguiente al que se publique este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados con la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e igualmente se puede acceder a ellos a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

El formulario de solicitud además se encuentra disponible a través de la siguiente dirección web http://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaycomercio/sae.

Sevilla, 3 de septiembre de 2018.- El Director Gerente, Manuel Caballero Velázquez.

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