Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 11/09/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de diciembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 767/2016. (PD. 2417/2018).

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NIG: 1102042C20160004542.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 767/2016. Negociado: CA.

Sobre: Contratos en general.

De: Don Manuel Luis Goytia Fernández.

Procuradora: Sra. Susana Toro Sánchez.

Contra: Doña Jannina Sugey Orellana Gutiérrez.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 767/2016, seguido a instancia de Manuel Luis Goytia Fernández frente a Jannina Sugey Orellana Gutiérrez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 216/2017.

En Jerez de la Frontera, a cinco de diciembre de dos mil diecisiete.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado con el núm. 767/2016, entre partes, de una, como demandante, don Manuel Goytia Fernández con Procurador doña Susana Toro Sánchez y letrado don Juan Santana Ramírez, y de otra, como demandado, doña Jannina Sugey Orellana Gutiérrez, rebelde,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don Manuel Goytia Fernández contra doña Jannina Sugey Orellana Gutiérrez, rebelde, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone al actor la cantidad de cinco mil cien euros (5.100), más el interés legal devengado desde la fecha de la interpelación judicial, y con expresa imposición a la misma de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así, por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez de la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Jerez.

Y encontrándose dicho demandado, Jannina Sugey Orellana Gutiérrez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jerez de la Frontera, a veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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