Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 12/09/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de junio de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Sevilla, dimanante de autos núm. 1485/2016. (PP. 2140/2018).

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NIG: 4109142C20160048596.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1485/2016. Negociado: 4F.

Sobre: Cumplimiento.

De: PSA Financial Services Spain EFC, S.A.

Procuradora: Sra. Pilar Duran Ferreira.

Letrada: Sra. Rosario de Fátima García Caro.

Contra: Don Joseph Jack Chamba Puga.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1485/2016 seguido a instancia de PSA Financial Services Spain EFC, S.A., frente a Joseph Jack Chamba Puga, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Doña M. Pilar Sánchez Castaño, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos al número 1.485/2016, a instancia de PSA Financial Services Spain EFC, S.A., representada por la Procuradora Sra. Durán Ferreira y asistida por la Letrada Sra. García Caro, contra don Joseph Jack Chamba Puga, declarado en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad; ha dictado la presente resolución a partir de los siguientes:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. Durán Ferreira, en nombre y representación de PSA Financial Services Spain EFC, S.A., contra don Joseph Jack Chamba Puga, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de doce mil doscientos dieciséis euros con treinta y dos céntimos de euro (12.216,32), más los intereses legales desde la fecha de la reclamación judicial, y al pago de las costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la misma, debiendo exponerse en la interposición las alegaciones en que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y encontrándose dicho demandado, Joseph Jack Chamba Puga, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintisiete de junio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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