Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00127881.
NIG: 2905142C20140002072.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 429/2014. Negociado: 09.
De: Axa Seguros, S.A.
Procuradora: Sra. M.ª Graciela García-Valdecasas Villen.
Contra: Don Joseph Money.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 429/2014, seguido a instancia de Axa Seguros, S.A., frente a don Joseph Money se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA núm. 129/2016
En Estepona, a 25 de julio de 2016.
Vistos por don Luna-González Pinto, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 429 del año 2016, a instancia de Axa Seguros, S.A., representada por la Procuradora doña Graciela García Valdecasas Villen y asistido por Letrado, contra don Joseph Money.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por Axa Seguros representada por la Procuradora doña Graciela García Valdecasas Villen, condeno a don Joseph Money a pagar a la actora la cantidad de 4.222,67 euros, más los interesas legales, así como el abono de las costas procesales causadas.
Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla (art. 455 LEC). Llévese el original al libro de sentencias.
Así lo pronuncia, manda y firma doña Luna González Pinto, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona.
Y encontrándose dicho demandado, don Joseph Money, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Estepona, a veintinueve de julio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Descargar PDF