Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 24/09/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Acuerdo de 18 de septiembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del III Plan Integral de la Juventud en Andalucía.

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El artículo 48 de la Constitución Española establece que los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

El artículo 74 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de juventud, que incluye, en todo caso:

1) La promoción del desarrollo personal y social de los jóvenes así como las actividades de fomento o normativas dirigidas a conseguir el acceso de éstos al trabajo, la vivienda y la formación profesional.

2) El diseño, la aplicación y evaluación de políticas y planes destinados a la juventud.

3) La promoción del asociacionismo juvenil, de la participación de los jóvenes, de la movilidad internacional y del turismo juvenil.

4) La regulación y gestión de actividades e instalaciones destinadas a la juventud.

Además de lo anterior, el artículo 37.1.8º del Estatuto, consagra como uno de los principios rectores de las políticas públicas, la integración de los jóvenes en la vida social y laboral, favoreciendo su autonomía personal.

Por otra parte, la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de hacienda pública, contratación administrativa, patrimonio, función pública y asistencia jurídica a entidades de derecho público, creó el Instituto Andaluz de la Juventud, como un organismo autónomo de carácter administrativo (en la actualidad agencia administrativa) encargado de la planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de juventud impulsadas por la Administración de la Junta de Andalucía, del fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud, así como el fomento, programación y desarrollo de la animación sociocultural en Andalucía, y la incentivación de la investigación en materia de juventud, potenciándose la relación e interlocución con el Consejo de la Juventud de Andalucía.

Los distintos planes de juventud emprendidos por la Administración de la Junta de Andalucía han sido los instrumentos de coordinación de las diferentes políticas de juventud llevadas a cabo. En este sentido, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de noviembre de 2005 se aprobó el denominado «Plan Junta Joven» (Plan Integral de Juventud de la Junta de Andalucía 2005-2008) y mediante Acuerdo de 8 de febrero de 2011, del Consejo de Gobierno, se aprobó el II Plan Integral de Juventud 2011-2014, denominado «Plan Gyga», que han configurado el marco de referencia para la planificación, coordinación y puesta en marcha de las actuaciones que en materia de juventud han sido acometidas en la Comunidad Autónoma, así como de coordinación, evaluación y seguimiento de las actuaciones realizadas.

El proyecto de Ley de Juventud de Andalucía, aprobado en la reunión del Consejo de Gobierno del día 2 de mayo de 2018, en su articulo 10.1 configura el Plan Integral de la Juventud, como el instrumento para la identificación de las necesidades, la determinación de objetivos y estrategias de acción, el establecimiento de prioridades y el diseño, la gestión, la implementación y la evaluación de todas las políticas de juventud que desarrolle la Administración de la Junta de Andalucía.

Asimismo, el artículo 10.3 del citado proyecto de ley dispone que en la elaboración del Plan Integral de la Juventud en Andalucía, se establecerá un procedimiento participativo donde podrá intervenir la juventud en general, tanto asociada como no asociada, el Consejo de la Juventud de Andalucía, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y las asociaciones de personas consumidoras y usuarias más representativas, las Entidades Locales, así como otras entidades de interés para la juventud. Para ello el Instituto Andaluz de la Juventud, va a poner en marcha un proceso participativo que dará forma al referido documento, previa consulta a las personas jóvenes en Andalucía, para la consecución de unos objetivos y fines específicos a los que responderá el diseño del III Plan Integral.

Para que el nuevo Plan se ajuste al máximo a las necesidades del colectivo joven, se procurará su máxima participación, especialmente a través del uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación. Las redes sociales, internet, son nuevos lugares de encuentro juvenil, por lo que se van a establecer y habilitar espacios específicos, para que estos puedan realizar sus aportaciones online.

Además del proceso participativo, la elaboración del Plan incluirá una completa investigación sobre la realidad de la juventud de Andalucía. Dicha investigación estará integrada, al menos, por un análisis previo, una encuesta y un diagnóstico sobre juventud y políticas de juventud.

Dado el carácter transversal de las políticas de juventud, la elaboración del Plan Integral contará con la participación de todos los centros directivos de la Administración de la Junta de Andalucía que desarrollen medidas sectoriales destinadas a las personas jóvenes, así como con la interlocución y colaboración con las distintas entidades públicas y privadas que desarrollen medidas en beneficio de la juventud andaluza.

En una realidad social cambiante, inestable y compleja como en la que nos encontramos actualmente, el Plan Integral de la Juventud en Andalucía abordará las necesidades y los problemas que más afectan a los jóvenes, de forma que, teniendo en cuenta su punto de vista y haciéndoles partícipes del mismo, se obtenga información sobre lo que más les preocupa, qué necesitan y qué medidas serían adecuadas introducir, cambiar o excluir. La puesta en marcha de este proceso es una medida fundamental para que el III Plan sea una acción participada y consensuada con sus principales destinatarios: la juventud.

El futuro Plan Integral de la Juventud en Andalucía responde a las siguientes necesidades:

1. De integración de la visión de los distintos actores implicados en el ámbito de la juventud en Andalucía, desde las personas expertas en la materia, sin olvidar al tejido asociativo, las personas que trabajan en el ámbito juvenil, las Entidades Locales, la propia Administración y la juventud en general.

2. Social, ya que la juventud andaluza debe afrontar la actual coyuntura, caracterizada por un alto índice de desempleo y retraso en la edad de emancipación, situación a la que la Administración de la Junta de Andalucía debe dar respuesta.

El III Plan Integral de la Juventud surge así del compromiso de la Administración de la Junta de Andalucía con un colectivo esencial en nuestra Comunidad Autónoma, por lo que representa de renovación y regeneración de la sociedad. Es una acción conjunta de Gobierno que pretende mejorar la situación de la juventud andaluza, garantizando la igualdad de oportunidades y su integración plena en la sociedad.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Igualdad y Políticas Sociales y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de septiembre de 2018,

ACUERDA

Primero. Formulación.

Se aprueba la formulación del III Plan Integral la Juventud en Andalucía, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad y objetivos.

1. El III Plan Integral de la Juventud en Andalucía establecerá las líneas de actuación que definirán las políticas de juventud en los próximos años con la finalidad de lograr la mayor satisfacción en relación al bienestar y a la búsqueda de mejorar la calidad de vida de nuestra población joven, entendiendo ésta como el bienestar personal derivado de la satisfacción o insatisfacción en áreas que son importantes para las personas, en general, y en el caso concreto que nos ocupa, para la población joven andaluza.

2. El III Plan Integral de la Juventud en Andalucía tendrá los siguientes objetivos:

a) Determinar los principales problemas y necesidades de las personas jóvenes en Andalucía.

b) Establecer las líneas estratégicas y los objetivos de las actuaciones públicas en materia de juventud en todos los ámbitos.

c) Fijar los ámbitos materiales de actuación y los límites de edad de las personas jóvenes para cada ámbito.

d) Establecer la metodología de trabajo transversal de referencia para los poderes públicos a la hora de desarrollar las políticas de juventud.

e) Fijar los criterios de evaluación sobre la aplicación del Plan.

Tercero. Estructura.

El futuro Plan Integral de la Juventud en Andalucía se articulará en torno a tres dimensiones:

- Emancipación. Se abordarán principalmente temas como el empleo y la vivienda.

- Formación. Se abordarán las cuestiones formativas desde el punto de vista formal y no formal.

- Estilo de vida. Se abordarán cuestiones como participación, valores, cultura cívica y política, hábitos de vida (sexualidad, alimentación, deporte, drogas..), consumo o situaciones conflictivas.

Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.

1. La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, a través del Instituto Andaluz de la Juventud, elaborará un documento base del III Plan Integral de la Juventud en Andalucía y pondrá en marcha un proceso participativo que dará forma y mejorará el documento reseñado, con sus principales destinatarios: la juventud y entidades sociales relacionadas con la juventud andaluza.

2. El borrador del Plan que resulte del proceso participativo será sometido a información pública por un periodo no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en las páginas web de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y del Instituto Andaluz de la Juventud.

3. Igualmente, el borrador del Plan será trasladado para su consideración y realización de aportaciones a las organizaciones empresariales, sindicales y de personas consumidoras y usuarias más representativas, así como al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, a las universidades en el seno del Consejo Andaluz de Universidades y a las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía.

4. Asimismo se recabarán los informes que sean preceptivos de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación.

5. Concluidos los trámites anteriores, el borrador del III Plan Integral de la Juventud será sometido a la consideración del Consejo de la Juventud de Andalucía, como órgano de participación, representación y consulta en el desarrollo de las políticas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de juventud.

6. Finalmente, el Instituto Andaluz de la Juventud trasladará la propuesta final del III Plan Integral de la Juventud en Andalucía a la persona titular de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, a fin de que lo eleve al Consejo de Gobierno para su aprobación mediante Acuerdo.

Quinto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de septiembre de 2018

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales
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