Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 10/10/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2018 subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a Corporaciones Locales, Empresas y Entidades sin ánimo de lucro en materia de planes de igualdad y actuaciones de conciliación, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 5 de septiembre de 2018.

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BDNS (Identif.): 417622 – 417624 – 417629 – 417632 – 417634.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se aprueba la convocatoria para el año 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones dirigidas a corporaciones locales, empresas y entidades sin ánimo de lucro en materia de planes de igualdad y actuaciones de conciliación, en sus líneas de subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones…) de Andalucía (Línea 1); subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía (Línea 2); Subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones…) de Andalucía (Línea 3); Subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a empresas con sede social en Andalucía (Línea 4); Subvenciones a la realización de actividades de información, formación, divulgación y sensibilización en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a entidades sin ánimo de lucro (Línea 5).

Segundo. Beneficiarios.

Línea 1: Ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones...) de Andalucía, que se ajusten a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Línea 2: Empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 15 personas trabajadoras contratadas y un máximo de 250 y que se ajusten a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Línea 3: Ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones...) de Andalucía, que se ajusten a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Línea 4: Empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 15 personas trabajadoras contratadas, que se ajusten a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Línea 5: Entidades sin ánimo de lucro con sede social en Andalucía y que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se ajusten a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Tercero: Objeto.

Línea 1: Promover la elaboración del diagnóstico y el plan de igualdad, cuando no exista, o de la evaluación y reelaboración del plan de igualdad, si existiese alguno con carácter previo y procediese su revisión, en ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales de Andalucía, así como entidades públicas vinculadas a los mismos.

Línea 2: Promover la elaboración del diagnóstico y el plan de igualdad, cuando no exista, o de la evaluación y reelaboración del plan de igualdad, si existiese alguno con carácter previo y procediese su revisión, en empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 15 personas trabajadoras y un máximo de 250.

Línea 3: Promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, a través de la financiación a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales de Andalucía, así como entidades públicas vinculadas a los mismos, de los gastos de realización de actividades y la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Línea 4: Promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, a través de la financiación a empresas con sede social en Andalucía que cuenten con un mínimo de 15 personas trabajadoras contratadas, de los gastos de realización de actividades que faciliten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Línea 5: Promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, a través de la financiación a entidades sin ánimo de lucro con sede social en Andalucía y que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de los gastos de realización de actividades que faciliten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 5 de septiembre de 2018, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a corporaciones locales, empresas y entidades sin ánimo de lucro en materia de planes de igualdad y actuaciones de conciliación (BOJA núm. 177, de 12 de septiembre de 2018).

Quinto. Importe.

La concesión de las subvenciones se realizará con cargo a los créditos presupuestarios de las posiciones presupuestarias G/31C/46001, G/31C/47001, G/31C/47008 y G/31C/48001 del programa 3.1.C. Seguridad, Salud y Relaciones Laborales, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por las cuantías totales máximas que se detallan a continuación.

LÍNEA SUBVENCIÓN POSICIÓN PRESUPUESTARIA 2018
Línea 1. Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones…) de Andalucía. G/31C/46001 210.000,00 €
TOTAL LÍNEA 1 210.000,00 €
Línea 2. Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía. G/31C/47001 71.250,00 €
G/31C/47008 225.000,00 €
TOTAL LÍNEA 2 296.250,00 €
Línea 3. Subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones…) de Andalucía. G/31C/46001 490.000,00 €
TOTAL LÍNEA 3 490.000,00 €
Línea 4. Subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a empresas con sede social en Andalucía. G/31C/47001 166.342,50 €
G/31C/47008 525.000,00 €
TOTAL LÍNEA 4 691.342,50 €
Línea 5. Subvenciones a la realización de actividades de información, formación, divulgación y sensibilización en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a entidades sin ánimo de lucro. G/31C/48001 150.000,00 €
TOTAL LÍNEA 5 150.000,00 €
TOTAL CONVOCATORIA 1.837.592,50 €

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el BOJA junto a la convocatoria.

El Consejero de Empleo, Empresa y Comercio (P.D. Orden de 5 de septiembre de 2018, BOJA núm. 177, de 12.9.2018), el Director General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, Jesús González Márquez.

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