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Mediante la Resolución de 25 de enero de 2017, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se delegan determinadas competencias en materia de gestión patrimonial en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 20, de 31 de enero de 2017), se delega en los citados órganos la facultad de comparecer en representación de la Comunidad Autónoma para la formalización de negocios jurídicos de contenido patrimonial, mediante el otorgamiento de las escrituras públicas, convenios o documentos administrativos correspondientes, en cuanto a los bienes sitos en su correspondiente ámbito provincial.
Por Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se delega la competencia para la aceptación de cesiones de uso a favor de la Comunidad Autónoma o de cualquiera de las entidades públicas dependientes de ella, en las personas titulares de las distintas Consejerías o en el máximo órgano directivo de sus Entidades Públicas dependientes, para el cumplimiento de sus competencias, se delega la competencia atribuida por el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando se trate de adquisiciones cuyo plazo de duración no exceda, incluidas las prórrogas, de cuatro años.
En consecuencia, en aras de una mejor eficacia y agilidad en la tramitación y resolución de expedientes administrativos patrimoniales, basada en criterios de buena Administración, es conveniente que los actos de formalización de las aceptaciones de las cesiones de uso por plazo máximo de cuatro años a las que se refiere el citado Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, se lleven a cabo en el seno de la Consejería o Agencia competente para dicha aceptación; para ello, es preciso modificar en este sentido la Resolución de 25 de enero de 2017, de la Dirección General de Patrimonio.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESUELVO
Primero. Modificar la Resolución de 25 de enero de 2017, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se delegan determinadas competencias en materia de gestión patrimonial en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, añadiendo un segundo párrafo al punto primero de la misma, con la siguiente redacción:
«Cuando se trate de aceptación de cesiones de uso por plazo máximo de cuatro años, a las que se refiere el Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se delega la competencia para la aceptación de cesiones de uso a favor de la Comunidad Autónoma o de cualquiera de las entidades públicas dependientes de ella, en las personas titulares de las distintas Consejerías o en el máximo órgano directivo de sus entidades públicas dependientes, para el cumplimiento de sus competencias, la facultad a la que se refiere el párrafo anterior se delega, en cuanto a los bienes sitos en sus correspondientes ámbitos territoriales y en el ámbito de sus competencias, en las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno, de las Delegaciones Territoriales y en quienes ostenten la representación de las agencias en el ámbito provincial.»
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de enero de 2018.- El Director General, Antonio M. Cervera Guerrero.
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