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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 y siguientes del Acuerdo de 24 de septiembre de 2008, sobre provisión de puestos de trabajo, promoción interna e ingreso del Personal de Administración y Servicios funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
En el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución Rectoral de 8 de junio de 2016 de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se delimita el ámbito funcional y se delega el ejercicio de competencias de Vicerrectorados y Órganos Delegados, ha resuelto convocar para su cobertura, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I, que se encuentran dotados presupuestariamente, con arreglo a las siguientes:
BASES
I. Requisitos y condiciones de participación.
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por personal funcionario de carrera de las escalas propias de la Universidad Pablo de Olavide, conforme a los requisitos específicos de los puestos, o de cuerpos o escalas de otras administraciones públicas, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme durante la vigencia de dicha situación, y que reúnan los requisitos y especificaciones recogidos en el Anexo I.
II. Solicitudes.
Primera. Los interesados dirigirán sus solicitudes al Sr. Gerente de la Universidad Pablo de Olavide. Se ajustarán al modelo publicado como Anexo II de esta resolución y se presentarán a través del Registro telemático de esta Universidad, https://upo.gob.es/registro-electronico/, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta convocatoria también será hecha pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad Pablo de Olavide.
Segunda. Junto con la solicitud, los aspirantes deberán presentar un currículum profesional en el que reflejarán los conocimientos específicos y las competencias que poseen en relación con el puesto solicitado, así como la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos para optar a dicho puesto, salvo que estos últimos ya consten en su expediente personal vinculado a la Universidad Pablo de Olavide.
Podrá celebrarse una entrevista, en caso de ser necesario, para apreciar la aptitud de los aspirantes, a tenor de los extremos reflejados en el currículum aportado.
En cualquier momento, la Universidad Pablo de Olavide podrá solicitar a los aspirantes la justificación documental de cualquier aspecto recogido en el currículum que requiera su aclaración.
III. Selección, nombramientos y ceses.
Primera. En virtud de la Resolución de 8 de junio de 2016, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se delimita el ámbito funcional y se delega el ejercicio de competencias de Vicerrectorados y órganos delegados, el Gerente, a la vista de las solicitudes y de la documentación aportada por los aspirantes, de las entrevistas realizadas, en su caso, y de cualquier informe que haya podido recabarse a estos efectos, resolverá esta convocatoria a favor del candidato o candidata de mayor idoneidad.
Segunda. Los nombramientos se efectuarán conforme a lo establecido en el Acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2008 sobre provisión de puestos de trabajo, promoción interna e ingreso del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Los puestos convocados podrán declararse desiertos en el caso de que la Universidad Pablo de Olavide estime que los aspirantes no ofrezcan el perfil de idoneidad necesario para su cobertura.
Tercera. Los funcionarios o funcionarias nombrados para puestos de trabajo de libre designación podrán ser cesados, con carácter discrecional, por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide. La motivación de esta resolución se referirá a la competencia para adoptarla.
En caso de que el funcionario o funcionaria cesado provenga de otra Administración Pública y conforme al art. 84 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Universidad, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario o funcionaria a otro puesto de la misma o le comunicará que no va a hacer efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este periodo se entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo en dicha Administración.
Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto, o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, el funcionario o funcionaria deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su Administración de origen, conforme a lo establecido, asimismo, por el citado artículo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 12 de noviembre de 2018.- El Gerente, P.D.C. (RR 8.6.2016), Fernando Contreras Ibáñez.
ANEXO I
1. Puesto de trabajo: Director/a Área de Postgrado y Doctorado/Escuela de Doctorado.
Núm. de puestos: 1.
Jornada: ED.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico anual: 13.633,56 €.
Subgrupo de clasificación: A1/A2.
2. Puesto de trabajo: Director/a Área de Formación, Desarrollo Profesional PAS y Eficiencia Administrativa.
Núm. de puestos: 1.
Jornada: ED.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico anual: 13.633,56 €.
Subgrupo de clasificación: A1/A2.
3. Puesto de trabajo: Delegado/a de Protección de Datos.
Núm. de puestos: 1.
Jornada: M.
Nivel de complemento de destino: 26.
Complemento específico anual: 13.633,56 €.
Subgrupo de clasificación: A1/A2.
Requisitos: Los requisitos de desempeño establecidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y normativa específica de desarrollo.
4. Puesto de trabajo: Jefe/a Servicio de Soporte al Aprendizaje y la Investigación.
Núm. de puestos: 1.
Jornada: M.
Nivel de complemento de destino: 27.
Complemento específico anual: 13.633,56 €.
Subgrupo de clasificación: A1.
5. Puesto de trabajo: Jefe/a Servicio de Gestión de Sistemas y Recursos de Información.
Núm. de puestos: 1.
Jornada: M.
Nivel de complemento de destino: 27.
Complemento específico anual: 13.633,56 €.
Subgrupo de clasificación: A1.
Responsabilidades funcionales de los puestos
Las responsabilidades son las recogidas en el Modelo de Gestión y Organización Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, aprobado por Consejo de Gobierno el 18 de diciembre de 2013, en su 17.ª sesión, que en concreto se refiere a:
Director de Área. Es el profesional que se ocupa y preocupa por el establecimiento de objetivos y consecución de resultados mediante el establecimiento y control general de los procedimientos y su participación en los procesos generales. Por lo tanto es el responsable de que los objetivos de la misma se alcancen y responde de ello. Además se ocupa de conectar y comunicar guías y orientaciones ejecutivas que alimenten los procedimientos en los que participa. En este sentido deberá transformar los objetivos de la planificación estratégica/operativa anual en objetivos del Área. Se ocupa además de buscar y distribuir los recursos necesarios.
En resumen se puede decir que desarrolla una función orientada a los resultados y de control del Área, más que al desarrollo de actividades. Este puesto conecta al Área con el resto de la organización, en cuanto transforma los valores estratégicos en valores de la unidad. También produce los flujos de comunicación necesarios a y entre las personas que intervienen.
Puestos calificados como Director de Área u otra denominación asimilada, catalogados con nivel de CD 26-27.
Para alcanzar los comportamientos esperados deberán desarrollarse las responsabilidades funcionales establecidas en el Anexo I de los Acuerdos de Homologación del Personal de la Universidades Públicas de Andalucía de 19 de marzo de 2003 para el puesto de trabajo tipo 1.
En el caso del puesto Delegado/a de Protección de Datos, además, las funciones, obligaciones y responsabilidades previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y normativa específica de desarrollo.
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