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La Letrada de la Administracion de Justicia, doña Victoria Santos Ortuño, del Juzgado de Familia Tres de Granada, certifica extracto de auto autos núm. 827/18, de Guarda de hecho seguidos ante este Juzgado a instancia de don Rafael Valenzuela Pulido contra don Rafael Valenzuela Alaminos y doña Ramona Tomegea, en ignorado paradero ambos; estima demanda de jurisdicción voluntaria.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 458 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Rafael Valenzuela Alaminos y doña Ramona Tomegea, en ignorado paradero, les hago saber que en el Juzgado está a su disposición el texto íntegro para su conocimiento; extiendo y firmo la presente en Granada, a diecinueve de octubre de dos mil dieciocho.
Fdo.: V. Santos Ortuño.
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