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NIG: 2904241C20052000057.
Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 516/2017. Negociado: LG.
Sobre: Derecho de Familia: Otras cuestiones.
De: Olimpia Bernal Cabas.
Procuradora: Sra. Rocío Pérez Macias.
Letrado: Sr. Juan Antonio Vázquez Espejo.
Contra: Antonio González Martín.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 516/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín a instancia de Olimpia Bernal Cabas contra Antonio González Martín sobre Derecho de Familia: Otras cuestiones, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 134/2018
En Coín, a, once de diciembre de dos mil dieciocho.
Doña Rosa Encarnación Martínez Roldán, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, y su Partido, ha visto los presentes autos de modificación de medidas núm. 516/2017 como demandante doña Olimpia Bernal Cabas, representada por la Procuradora doña Rocío Pérez Macias y asistida por el letrado don Juan Antonio Vázquez Espejo y como demandado don Antonio González Martín, en rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal.
FALLO
Se estima la modificación de las medidas, interesada por la actora doña Olimpia Bernal Cabas y que fueron acordadas en sentencia de 28 de junio de 2005, en los autos 60/2005 de medidas sobre hijos de uniones de hecho, debiendo acordar la privación de la Patria Potestad a don Antonio González Martín respecto de su hija menor XXXXXXX, dejando sin efecto el régimen de visitas establecido.
No se aprecian méritos bastantes para efectuar una especial imposición en costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que la misma no es firme, puesto que cabe interponer recurso de apelación, en este Juzgado, en un plazo de veinte días y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
E./
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Antonio González Martín, extiendo y firmo la presente en Coín, a once de diciembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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