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NIG: 4109142M20130000911.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 403/2013. Negociado: 9.
De: Vector Motor Control Ibérica, S.L.
Procurador: Sr. Federico López Jiménez-Ontiveros.
Contra: Don Santiago Sánchez Pérez y Almacén de Material Eléctrico Mosan, S.L.
«EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 403/2013, seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Sevilla a instancia de Vector Motor Control Ibérica, S.L., contra Santiago Sánchez Pérez y Almacén de Material Eléctrico Mosan, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«SENTENCIA 241/17
En Sevilla a veintitrés de mayo de dos mil diecisiete.
Pronuncia don Juan Francisco Santana Miralles, Juez de Adscripción Territorial adscrito a este Juzgado, en el procedimiento de Juicio Ordinario núm. 403/13, seguido a instancias de Vector Motor Control Ibérica, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Sr. López de Lemus contra Almacén de Material Eléctrico Mosan, S.L.L., y don Santiago Pérez Sánchez en su condición de administrador único de la entidad, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que, estimando totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Vector Motor Control Ibérica, S.L., debo condenar y condeno a Almacén de Material Eléctrico Mosan, S.L.L., y don Santiago Pérez Sánchez a abonar al actor la cantidad de dieciocho mil quinientos noventa y ocho euros con veintisiete céntimos 18.598,27 €, más los intereses legales en el modo explicitado en el penúltimo fundamento de derecho de esta resolución.
Se imponen a la parte demandada las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso de apelación se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella (artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código “02”, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, de la que se unirá testimonio literal a los autos, la pronuncia, manda y firma don Juan Francisco Santana Miralles, Juez titular adscrito como Refuerzo al Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Sevilla. Doy fe.
E.-»
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado que la suscribe en el mismo día de su fecha y estando celebrando audiencia pública.
Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Santiago Sanchez Pérez y Almacén de Material Eléctrico Mosan, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintitrés de mayo de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.»
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
En Sevilla, a diecisiete de enero de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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