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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 26 de diciembre de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Justicia e Interior escrito para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículos 1, 3, 7, 11, 13, 14, 22, 24, 27, 31, 32, 33, 34. En esta modificación, entre otros temas, se determina su condición de sector público andaluz, adscrita a la Administración de la Junta de Andalucía, sometiéndose al régimen jurídico propio de las fundaciones del sector público andaluz, en cumplimiento del acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2017, por el que se autoriza la adquisición de la representación mayoritaria de la Administración de la Junta de Andalucía en la Fundación, y además se procede a modificar su denominación pasando a ser «Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada».
Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: escritura pública otorgada el 19 de diciembre de 2017, ante el Notario Alberto García-Valdecasas Fernández, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 3.164 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 3 de noviembre de 2017, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada el 26 de diciembre de 2017 al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Justicia e Interior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 y los artículos 55 y siguientes de la Ley 10/2005, los artículos 37 y 55 del Decreto 32/2008, así como el artículo 30 del Decreto 279/2003.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003 deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005 y en el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESUELVE
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada en el Registro de Fundaciones de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el 19 de diciembre de 2017, ante el Notario Alberto García-Valdecasas Fernández, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 3.164 de su protocolo, comprensiva del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2017 de modificación de los estatutos, en los que se determina su condición de sector público andaluz, adscrita a la Administración de la Junta de Andalucía, y sometida al régimen propio de las fundaciones del sector público andaluz.
Segundo. Modificar la clasificación de la Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada, ordenando su inscripción en la Sección Novena, «Fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía» del Registro de Fundaciones de Andalucía.
Tercero. Inscribir la modificación de la denominación de la Fundación prevista en el artículo 1 de sus estatutos y atendiendo a su carácter del sector público andaluz como Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.
Cuarto. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.
Sevilla, 10 de enero de 2018.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.
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